La condena por difamación contra el periodista Rafo León confirma la absurda tendencia que existe en el Perú de penalizar las opiniones, subrayó la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP)., En un pronunciamiento público sostiene que esta situación contraviene la jurisprudencia internacional sobre las libertades de prensa y de expresión. Rafo fue sentenciado por la jueza Susana Coronado, del Juzgado Penal 42 de Lima, a un año de vigilancia judicial y al pago de una reparación civil de 6 mil soles a su demandante, la ex editora de El Comercio Martha Meier Miró Quesada, quien se sintió agraviada por un artículo de opinión publicado en Caretas, en 2014. Claudio Paolillo, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, calificó de "absurdo" el fallo y dijo que no era posible que en el Perú "se reinstaure el delito de opinión". En ese sentido, instó a la justicia peruana a ajustarse a la jurisprudencia interamericana y a los principios sobre la libertad de expresión.