Descubre qué comisiones no pueden cobrarte las empresas financieras según la SBS
Conoce más sobre los tipos de cobro que no se pueden realizar por transacciones financieras en el Perú.
![En caso de cobros ilegales, los bancos recibirán sanciones administrativas. Foto: composición LR/Andina/Freepik En caso de cobros ilegales, los bancos recibirán sanciones administrativas. Foto: composición LR/Andina/Freepik](https://imgmedia.larepublica.pe/640x371/larepublica/original/2024/04/04/660ede38d78a88050651b012.webp)
Los movimientos financieros siempre son esenciales para el desarrollo de la economía de miles de peruanos. Sin embargo, existe una serie de normas a las cuales las empresas financieras deben apegarse y por las cuales no deben realizar cobros indebidos.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP pone a disposición de la ciudadanía una lista de transacciones que bancos, cooperativas de ahorro y crédito o cajas municipales no tienen derecho a cobrar
¿Qué comisiones están prohibidas por la SBS?
Si tienes un depósito
- Mantenimiento o administración de cuentas inactivas.
- Devolución de un cheque mal girado o sin fondos, cuando se trate de cheques de la misma empresa.
- Remisión de depósitos al Fondo de Seguro de Depósitos.
- Envío de estados de cuenta por medios electrónicos.
- Cargos en general, cuando la apertura de la cuenta se establezca como requisito para realizar cargos relativos al pago de algún crédito.
- En empresas bancarias, cargos interplaza por retiro de dinero en efectivo, a través de un cajero automático del propio banco o en ventanillas de atención en una localidad distinta a la ciudad donde se abrió la cuenta bancaria.
Si tienes una tarjeta de crédito o un préstamo
- La evaluación crediticia que realiza la empresa antes de otorgarte un crédito o una tarjeta de crédito, incluida la consulta a la central de riesgos.
- Envío de estados de cuenta por medios electrónicos.
- Realizar pagos anticipados, totales o parciales, o adelantos de cuotas de tu crédito.
- La emisión y entrega de la primera constancia de no adeudo, una vez que se canceló la totalidad del crédito. En el caso de tarjetas de crédito, cuando se cancela la deuda total y se resuelve el contrato, la primera constancia de no adeudo siempre es gratuita.
- Emisión y entrega de la constancia de situación crediticia, cuando la entidad financiera hubiera reportado por error al deudor ante la Central de Riesgos SBS.
- Las gestiones de cobranza mediante llamadas telefónicas, cartas o visitas al domicilio, cartas notariales, o cualquier otra modalidad.
- Cargos distintos al interés moratorio, por concepto de pago de obligaciones fuera de la fecha de su vencimiento, tales como la penalidad, entre otros.
- Cargos por evaluación, administración y/o gestión de póliza endosada, en el caso del seguro de desgravamen que sea condición para contratar un producto crediticio.
- Acceso y gestiones asociadas al tratamiento de clientes con dificultades temporales para el pago de créditos, en el marco de una declaratoria de estado de emergencia.
Si tienes una tarjeta de crédito
- La disposición de efectivo de tu tarjeta de crédito.
- Excederte en el límite máximo de la línea de tu tarjeta de crédito.
- El mantenimiento o la administración de tu crédito bajo el sistema revolvente.
Si tienes préstamos
- El desembolso del monto prestado.
- Gestiones asociadas a la evaluación, constitución y administración de garantías en aquellos créditos condicionados a su constitución. Por ejemplo, hipotecario, vehicular, pignoraticio, entre otros.
- La emisión del documento (cláusula adicional, minuta, etc.) necesaria para el levantamiento de una garantía (hipoteca o garantía mobiliaria). Solo deberás pagar los gastos por servicios notariales y registrales.
Clientes y público en general
- La recepción o gestión de billetes y monedas (ya sea por conteo, centralización, verificación, u otros conceptos similares) al realizar cualquier operación financiera.
- La tramitación de un reclamo.
- Brindar asesoría financiera vinculada con la oferta, comercialización o ejecución de un contrato de productos o servicios financieros.
¿Qué es la SBS y cuáles son sus funciones?
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mejor conocida como la SBS, es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas. Esta entidad se encarga de la regulación y supervisión del sistema financiero, de los seguros, del sistema privado de pensiones y del sistema nacional de lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Tiene la responsabilidad de fomentar la inclusión financiera para promover el acceso de la población a los servicios financieros. Además, es su deber sancionar a aquellas entidades que no acaten las normas establecidas, priorizando siempre la protección del consumidor.