SBS integra medidas de la Ley de fortalecimiento al marco regulatorio de las cajas municipales
Desde marzo, las CMAC con más de 3 años y con activos superiores a las 75.000 UIT pueden realizar depósitos, otorgar sobregiros, emitir cheques de gerencia y expedir tarjetas de crédito y débito libremente.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó este martes 18 de julio la Resolución N.°02350-2023 con el fin de incorporar nuevas disposiciones a la Ley N° 31711 - Ley de fortalecimiento de las cajas municipales de ahorro y crédito (CMAC) para promover la competencia en beneficio de los consumidores que fue recientemente aprobada por el Congreso de la República.
A detalle, ya desde el 17 de marzo, aquellas cajas municipales que cuenten con más de tres años de funcionamiento y presenten activos superiores a las 75.000 UIT, pueden recibir depósitos, otorgar sobregiros o avances en cuenta corriente, emitir cheques de gerencia, así como expedir y administrar tarjetas de crédito y de débito, de manera directa y sin autorización de la SBS.
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Además, se dispone que se podría elevar de 50% a 75% el porcentaje de capitalización de las utilidades de cada ejercicio de la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima en caso ocurra un incumplimiento de los siguientes estándares en gobierno corporativo y gestión de riesgos:
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- La CMCPL debe tener al menos seis directores.
- La Gerencia General no debe estar vacante o tener una encargó menor a nueve meses.
- La CMCPL no presenta requerimientos de provisiones, liquidez o capital, de carácter normativo o prudencial, formulados por la Superintendencia, pendientes de atención.
- La CMCPL debe cumplir con lo dispuesto en el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgos Adicionales, aprobado mediante Resolución SBS N° 3953-2022, y el Reglamento para el Requerimiento de Colchones de Conservación, por Ciclo Económico y por Riesgo por Concentración de Mercado, aprobado mediante Resolución SBS N° 3954-2022.











































