MTC sube a 70% la velocidad mínima para el acceso a internet de banda ancha
De 40% a 70% se eleva la velocidad mínima que las empresas deben ofrecer a los usuarios, norma que busca promover un acceso a internet apropiado en las actividades de teleeducación, teletrabajo, telesalud, entre otras.
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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó la velocidad mínima para el acceso a internet de banda ancha, la cual se incrementa de 4 a 20 Mbps para el internet fijo y a 5 Mbps para el internet móvil.
Esta modificación permitirá promover un acceso a internet apropiado en las actividades de teleeducación, teletrabajo, telesalud, entre otras. Así, serán atendidos los efectos de la pandemia producida por la COVID-19 a nivel nacional.
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Los usuarios de internet deben obtener una velocidad mínima garantizada del servicio de banda ancha, la cual no podrá ser menor al 70% de la velocidad contratada, tanto en áreas urbanas como rurales, cuando antes era de 40%.
La norma estableció, a través de la Resolución Ministerial Nº 1197-2022-MTC/01.03, aprobar la velocidad mínima para el acceso a internet de banda ancha, de conformidad con los siguientes parámetros:

Elaborado por Andina
Asimismo, la norma deroga la Resolución Ministerial N.º 482-2018-MTC/01.03, que aprueba la Velocidad Mínima para el acceso a internet de banda ancha para internet fijo y móvil.
También se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del MTC, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, misma que lleva la rúbrica del ministro de Transportes y Comunicaciones, Richard Washington Tineo Quispe.



















