Midagri aprueba reglamento para gestión y control del Padrón de Productores Agrarios
El documento tiene como objetivo establecer las normas generales para el registro de los productores agrarios, su identificación y el intercambio de información referente a sus unidades productivas.
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El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) aprobó el reglamento para la conceptualización, gestión, operación y control del Padrón de Productores Agrarios (PPA) y sus Organizaciones en las cadenas de valor. Esto con el objetivo de precisar las normas generales del procedimiento que regulan el registro de los productores agrarios, su identificación y el intercambio de información referente a sus unidades productivas.
Así, mediante el Decreto Supremo N° 015-2022- Midagri, se establece la obligatoriedad de registro en el Padrón de Productores Agrarios y sus Organizaciones en las Cadenas de Valor (PPA).
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Asimismo, señala que el Midagri, a través de la Dirección General de Estadística, Evaluación y Seguimiento de Políticas (DGESEP), facilita y garantiza a nivel nacional el registro de los productores agrarios y sus organizaciones en las cadenas de valor en el PPA.
La norma también indica que los programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos al Ministerio de Desarrollo Agrario y de Riego consideran, según corresponda, la información contenida en el PPA para el diseño, focalización y planificación de sus servicios agrarios o públicos.
En el reglamento se destaca que la DGESEP, o la que haga sus veces, conduce la conceptualización, gestión, operación y control del PPA. Además, es responsable de elaborar la metodología e instrumentos técnicos y normativos para la gestión, operación y control del PPA y supervisa el cumplimiento del empadronamiento de productores agrarios a nivel nacional, entre otras funciones.
La DGESEP también dispondrá la difusión del Padrón de Productores Agrarios a través del portal del Sistema de Información y Estadística Agraria (SIEA), la Red Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada (REDIAGRO) y otros medios.
Por último, el dispositivo legal en las disposiciones complementarias finales señala que dentro de los tres meses de concluido el año calendario, el Midagri a través de la DGESEP o la que haga sus veces, presenta al Comité del SIEA un balance del PPA con información que comprenda la actualización, la clasificación de la actualización por entidad sectorial y no sectorial y las situaciones especiales e indicadores de actualización.


















