Economía

Futuro de la tercerización laboral en el Perú en manos del Congreso

Posturas. Luego de que el MTPE eliminara esta modalidad de contratación en el núcleo del negocio, desde el Legislativo se busca derogar este DS. El IPE está a favor de la continuidad de la tercerización, mientras que los trabajadores la consideran lesiva a sus derechos.

Cálculo. En el sector público, serían alrededor de 100.000 trabajadores tercerizados los que pasarían a la planilla del Estado. Foto: Andina
Cálculo. En el sector público, serían alrededor de 100.000 trabajadores tercerizados los que pasarían a la planilla del Estado. Foto: Andina

Pocos pasarían a la planilla de empresa principal

Por Víctor Fuentes, economista jefe del IPE

La tercerización laboral es igual a la especialización del trabajo. Prohibirla, como en la práctica pretende el Ministerio de Trabajo siguiendo la Agenda 19, no solo vulnera el empleo “experto” –que tanto esfuerzo ha costado desarrollar–, sino que también perjudicaría el dinamismo de las empresas, restándoles productividad y, por lo tanto, haciéndolas menos competitivas.

La OIT reconoce esta modalidad de contratación y promueve su regulación, no eliminación. En esa línea, entre los países miembros de la OCDE, solo México prohíbe la tercerización laboral desde 2021. El resultado fue el previsible: de los 5 millones de trabajadores contratados por terceros, solo 2,7 millones lograron ser incorporados en las planillas de las empresas clientes.

El verdadero problema de esta modalidad de contratación en el Perú, así como en el resto del mundo, es la existencia de algunos casos en los que se ha abusado de la tercerización laboral y perjudicado a algunos trabajadores. Esto está asociado con niveles de monitoreo y fiscalización deficientes. De las casi 1.000 empresas tercerizadoras formales en el Perú, la Sunafil inspeccionó a menos del 20%.

Dado que los mecanismos de contratación más usados –el régimen general y los de promoción para PYMES– han logrado escasos avances en el fomento de la formalización, cabe preguntarse ¿por qué eliminar la tercerización garantizaría la protección efectiva de los trabajadores? Una preocupación genuina buscaría mejorar el sistema de monitoreo y la fiscalización. Por un lado, exigir la inscripción de las empresas de tercerización y verificar la existencia de capital mínimo, activos y personal que respalden las operaciones de estas empresas. Por otro lado, resulta clave fortalecer las capacidades de Sunafil dotándola de mayores recursos humanos y tecnológicos a fin de realizar una fiscalización cada vez más inteligente.

De no derogarse el reglamento del MTPE, se generará una alta incertidumbre sobre los criterios bajo los cuales se permitirá la tercerización laboral. Si las restricciones se convierten en prohibición, se estima que apenas un quinto de los trabajadores tercerizados podría ser absorbido por las planillas de las empresas usuarias. Esto tendría severas implicancias en varios sectores de la economía, incluyendo entidades públicas. A largo plazo, debido a la asignación ineficiente de recursos, se verá afectado el crecimiento económico y el potencial para crear empleos de calidad.

Modalidad era usada para reducir costos de la empresa

Por Julio César Bazán, presidente de la CUT-Perú

Rechazamos enérgicamente esta continua pretensión del Congreso en desproteger a los trabajadores que vienen siendo afectados por estas malas prácticas empresariales, de tercerizar para desconocer los derechos de los trabajadores. El Parlamento tiene que tomar en cuenta que miles en este momento están afectados por ese mecanismo de la tercerización y es tiempo de que se restablezca el orden en las relaciones de trabajo y que las empresas mejoren su eficiencia, su productividad y su competitividad sin recurrir a la afectación de los derechos de los trabajadores.

En ese sentido, demandamos al Congreso que ponga por delante el desarrollo de las personas e insistimos que este dictamen debe ser rechazado en el Pleno.

Las empresas tienen diferentes etapas en su sistema de producción y en todas ellas se desempeñan y se desarrollan los trabajadores. La búsqueda de mayores ganancias ha llevado a una estrategia de reducción de costos y el mecanismo que han encontrado es deshacerse de las responsabilidades laborales haciendo que determinados segmentos de la producción lo realicen empresas terceras y trabajadores son contratados por estas empresas con contratos temporales y sueldos irrisorios.

Este decreto supremo forma parte del restablecimiento de la responsabilidad empresarial porque las actividades que generan el beneficio a las empresas que las caracteriza no deberían ser tercerizadas como lo manda este dispositivo y, de ese modo, los beneficios y las responsabilidades laborales estarían a cargo de las empresas principales. El beneficio sería muy conveniente para las empresas y para los trabajadores desde luego. Aunque incluso el propio decreto supremo no soluciona la problemática de los trabajadores de las empresas tercerizadoras, sí impediría mayores abusos de las grandes empresas que son las que tercerizan.

Avalamos ese decreto porque, de algún modo, nuevos trabajadores no se verán afectados, pensamos que el preservar las actividades nucleares de la empresa para la compañía principal es fundamental porque de ese modo tendrían que dar cuenta de su responsabilidad social de empresa; porque si yo construyo una empresa de telecomunicaciones y resulta que tercerizo todo, entonces qué sentido tiene que sea una empresa de telecomunicaciones. Este decreto estaría garantizando que las actividades nucleares de la razón social de la empresa las realice la empresa.