Economía

Perú deja de recaudar 15.900 millones de soles al año por elusión de grandes empresas

Tras acciones de fiscalización en los últimos años, la Sunat detectó primeros casos de elusión fiscal por 350 millones de soles.

Norma antielusiva
Norma antielusiva

A diferencia de la evasión tributaria, la elusión fiscal es cometida por grandes empresas que pese a la posibilidad de pagar impuestos, utilizan métodos para reducir su tasa tributaria.

Frente a ello, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó en mayo del 2019 el decreto que estableció los parámetros de fondo y forma para la aplicación de la Norma Antielusiva General (NAG) contenida en la Norma XVI; con la finalidad de disuadir a las compañías que operan en el país a no cometer dicho delito.

Tras ello, la Sunat habría realizado acciones de control y fiscalización donde detectó a las primeras grandes empresas que habrían incurrido en métodos para reducir el pago de impuestos. Dichos casos estarían valorizados en 350 millones de soles. No obstante, la entidad recaudadora estima que al año Perú deja de recaudar cerca de 15 mil 900 millones de soles por elusión.

“Para la lucha contra la elusión, desde el año pasado se estableció la aplicación plena de la norma antilusiva en la que se definieron los parámetros de cómo se debería atacar o revisar estas operaciones que finalmente buscan eludir la imposición fiscal”, explicó el Intendente Nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, Palmer De La Cruz Pineda.

Al respecto, indicó que los casos detectados sirvieron para que la Sunat publicara el "Catálogo de Esquemas de Alto Riesgo Fiscal”, que contiene las primeras cinco prácticas (esquemas) que son utilizadas indebidamente para reducir el pago de impuestos y en los que se podría aplicar la norma antielusiva general.

Los esquemas

De la Cruz refirió que, aunque actualmente, se cuentan solo con cinco esquemas, la lista se incrementará “en tanto se vaya obteniendo información de más casos. Estos describen situaciones de diversas naturalezas y con potencial de incumplimiento tributario en el cual se podría aplicar la norma antielusiva general”.

“Las situaciones descritas serán de prioridad de la Sunat, y serán objetos de revisión que consideramos que son de alto riesgo”, anotó.

Esquema 1: Deducción de regalías por cesión en uso de marca

Esquema 2: Enajenación de compañía peruana a través de un patrimonio autónomo

Esquema 3: Redomicilio de una empresa para uso de CDI

Esquema 4: Cesión de marcas y capitalización de créditos

Esquema 5: Contrato de gerenciamiento