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ERM 2026: estas son las facilidades laborales para electores y miembros de mesa este 4 de octubre, según el MTPE

El Ministerio de Trabajo informó sobre los derechos laborales para quienes voten o sean miembros de mesa. Se contempla tiempo de tolerancia y días no laborables, según el rol que se cumpla.

Ministerio de Trabajo
Facilidades laborales por elecciones del 4 de octubre de 2026 | Composición LR / Andina

El Perú vivirá una nueva jornada democrática. Más de 26 millones de ciudadanos están llamados a votar este domingo 4 de octubre en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026) para definir el futuro de sus regiones, provincias y distritos, según informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Dado que el horario de votación habilitado es de 7.00 a. m. a 5.00 p. m. y podría cruzarse con el turno laboral de algunos trabajadores, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó las facilidades que las empresas deben brindar a sus empleados, a fin de que puedan cumplir con su derecho a sufragar y, de ser el caso, su labor como miembros de mesa.

¿Te toca trabajar el domingo 4 de octubre? Estas son las facilidades que te corresponden

Según el MTPE, si trabajas el día de las elecciones, tienes derecho a un tiempo de tolerancia al inicio o durante tu jornada para acudir a votar. El tiempo utilizado deberá ser compensado posteriormente. En caso hayas sido elegido miembro de mesa, podrás no asistir a trabajar, siempre y cuando cumplas con tu función cívica.

Asimismo, si trabajas fuera de la localidad donde te corresponde votar, podrás no asistir a laborar los días viernes 2, sábado 3, domingo 4 y lunes 5 de octubre, siempre que acredites haber ejercido tu derecho al voto. Los días no trabajados deberán ser compensados posteriormente.

¿Fuiste elegido miembro de mesa? Este es el derecho que te asiste por las elecciones

Si fuiste sorteado como miembro de mesa, completaste la capacitación y cumples efectivamente esta función, tienes derecho a un día de descanso remunerado no compensable, que podrás solicitar dentro de los 90 días posteriores a los comicios. La fecha deberá ser acordada con tu empleador.

Por otro lado, si fuiste sorteado, pero no completaste la capacitación o te eligieron entre los votantes presentes para integrar la mesa, tendrás un día de descanso remunerado el lunes 5 de octubre. Este descanso es compensable; es decir, las horas deberán recuperarse dentro de los 10 días calendario posteriores o en la fecha que determine el empleador.

Para acreditar tu participación como miembro de mesa y acceder al descanso correspondiente, deberás presentar ante tu empleador el Certificado de Participación entregado por la ONPE.

El MTPE invitó a los empleadores y trabajadores a coordinar estas facilidades con anticipación y diálogo para garantizar el derecho al voto y el adecuado desarrollo de las actividades laborales.

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