
El Gobierno prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, medida que busca reforzar las acciones contra la delincuencia común y el crimen organizado que continúan afectando a ambas jurisdicciones.
La disposición fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 096-2026-PCM, publicado este jueves 25 de junio en el diario oficial El Peruano. La nueva ampliación entrará en vigor desde el 28 de junio y se extenderá hasta finales de agosto.
Durante este periodo, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas, que seguirán participando en operativos de seguridad para combatir delitos de alto impacto como homicidios, extorsiones, sicariato y otras modalidades vinculadas al crimen organizado.
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Según el Ejecutivo, la decisión responde a informes elaborados por la Policía Nacional que advierten que Lima y Callao continúan enfrentando una grave perturbación del orden interno debido a la presencia de organizaciones criminales y al incremento de hechos violentos.
La ampliación fue solicitada por la Comandancia General de la PNP mediante un oficio remitido el 22 de junio, sustentado en reportes reservados de las regiones policiales de Lima Centro y Callao. Los documentos señalan que los delitos de homicidio, extorsión y sicariato mantienen elevados niveles de incidencia, lo que genera una permanente sensación de inseguridad entre la ciudadanía.
Como parte del estado de emergencia, continuarán vigentes las medidas excepcionales contempladas en el artículo 137 de la Constitución Política del Perú. Esto implica que podrán restringirse o suspenderse determinados derechos constitucionales relacionados con la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales.
Asimismo, el decreto establece que los eventos masivos de carácter religioso, cultural, deportivo y otras actividades públicas deberán contar con las autorizaciones correspondientes de las autoridades competentes, en cumplimiento de las normas de seguridad para espectáculos y edificaciones.
La norma precisa que las acciones conjuntas de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas deberán ejecutarse respetando los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad establecidos en la legislación sobre el uso de la fuerza.
Además, la PNP determinará las zonas prioritarias de intervención sobre la base de información de inteligencia, estadísticas delictivas, mapas del delito e indicadores de criminalidad, con el objetivo de focalizar los operativos en los sectores con mayor incidencia de hechos violentos.
El decreto también dispone que, al término de la prórroga, el Comando de Coordinación Operativa Unificada presente un informe al Ministerio del Interior detallando los resultados obtenidos durante el periodo de emergencia. Posteriormente, el reporte será remitido a la Presidencia de la República, al Congreso y al Poder Judicial junto con las recomendaciones correspondientes.
Esta nueva ampliación representa la continuidad de las medidas extraordinarias adoptadas desde febrero de 2026, cuando el Gobierno declaró por primera vez el estado de emergencia en Lima y Callao debido al avance de la delincuencia y las actividades del crimen organizado. Sin embargo, pese a las sucesivas extensiones de la medida, los casos de extorsión, asesinatos y ataques vinculados a bandas criminales continuaban registrándose en diversos distritos de la capital y el primer puerto.
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