
El domingo 29 de junio se celebra el Día de San Pedro y San Pablo, una fecha declarada feriado nacional en Perú. Por esta razón, muchos se preguntan si hoy, sábado 28, también será día libre, lo que les permitiría tener un descanso prolongado. Para resolver esta inquietud, es necesario revisar las disposiciones legales correspondientes.
En Perú, los feriados son establecidos en función de su relevancia histórica o cultural, y su objetivo es ofrecer un respeto tanto a los trabajadores como a los empleadores. Sin embargo, no todos los días que podrían parecer adecuados para descansar son oficialmente reconocidos como feriados. En este contexto, es importante aclarar que el 28 de junio no es un feriado ni un día no laborable.
De acuerdo con el calendario oficial de El Peruano, durante el mes de junio se celebrarán dos feriados nacionales. El primero que conmemoró el sábado 7 de junio, en memoria de la Batalla de Arica y el Día de la Bandera. El segundo está por celebrarse el domingo 29 de junio, en honor a San Pedro y San Pablo. Ambos días son considerados no laborables de manera obligatoria, tanto en el sector público como en el privado.
No obstante, dependerá de la empresa en el caso del sector privado, así como de la remuneración correspondiente. La duda sobre el 28 de junio puede surgir debido a su cercanía con el feriado del 29 de junio. Sin embargo, es importante precisar que la legislación peruana no reconoce el 28 de junio como día de descanso, por lo que las labores deben realizarse con normalidad.
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Un feriado es una fecha establecida por ley o reglamento en el cual la mayoría de los trabajadores no tienen obligación de laborar. Este tipo de jornada suele estar vinculado a eventos históricos, religiosos o culturales, y durante los feriados, las empresas e instituciones pueden suspender sus operaciones, aunque en sectores como salud y seguridad continúan funcionando. En estos días, el descanso es obligatorio.
Por otro lado, un día no laborable, aquel en el que no se trabaja, pero no existe una obligación legal que exija a los empleadores otorgar descanso. Las empresas tienen la facultad de decidir si permiten o no este día libre, sin estar obligadas a ofrecer una compensación económica adicional, como ocurre en los feriados. Este tipo de jornadas se establece generalmente para facilitar la organización de eventos o actividades sin alterar significa mente el calendario laboral, según el diario El Peruano.
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