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Solo estos docentes en Perú cobrarán el Bono Escolaridad de S/ 400 en junio de 2025, según el MEF

El Bono de Escolaridad será entregado solo a los docentes que cumplan con ciertos requisitos, según el MEF. Este subsidio económico busca ayudar a los profesionales que son padres de familia en los gastos escolares de sus hijos.

bono de escolaridad
Los docentes peruanos recibirán el Bono Escolaridad de S/400 según las horas trabajadas. Foto: composición LR/Andina

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) determinó la entrega del Bono de Escolaridad de S/400 a los docentes y servidores públicos que son padres de familia, con el fin de que este dinero sea destinado a la compra de materiales escolares. Según dicha cartera ministerial, este beneficio económico será entregado, por única vez, en la planilla de pagos de junio de este 2025.

Con dicho subsidio, el Poder Ejecutivo busca reconocer las labores que realizan los trabajadores en beneficio de la población y ayudar a cubrir los gastos escolares de sus hijos. A continuación, se expondrá quiénes serán los beneficiarios y los requisitos que deberá de cumplir para obtenerlo.

Estos son los docentes que cobrarán el Bono Escolaridad de S/400

De acuerdo al Decreto Supremo, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, los docentes y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley N°29944, Ley de Reforma Magisterial, recibirán el pago del Bono Escolaridad de S/400. Cabe señalar que, este bono no está sujeto a los descuentos por cargos sociales, fondos especiales ni aportes al Sistema Privado de Pensiones.

Bono Escolaridad de S/400: otros beneficiados

El reglamento aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas también incluye a otros grupos que podrán acceder al Bono de Escolaridad, tales como:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512.
  • Docentes universitarios según la Ley N° 30220.
  • Personal de salud mencionado en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en varios regímenes establecidos por diversas leyes.
  • Servidores penitenciarios conforme a la Ley N° 29709.
  • Trabajadores del sector público bajo el régimen laboral de la actividad privada, quienes recibirán el pago en enero de 2025.

Requisitos para recibir el Bono de Escolaridad 2025

Los profesores y auxiliares de educación contratados bajo la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, podrán percibir el Bono de Escolaridad si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Realizar labores efectivas en el mes de junio del presente año, o encontrarse en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones.
  • Contar con un servicio con antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista. Si no se cumple este tiempo, el beneficio se abonará de forma proporcional a los meses y días laborados.

El subsidio económico se otorgará según las horas trabajadas, garantizando así que todos los trabajadores del sector Educación reciban un apoyo acorde a su dedicación.

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