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Sociedad

Reglamento de ley que podría terminar con las llamadas spam entrará en vigencia este lunes 31 de marzo

Empresas deberán realizar solo una llamada a los usuarios con el fin de solicitarles, por primera vez, el consentimiento para recibir información publicitaria o comercial. Aspec señala que se necesita una Ley Anti-spam. A diario, un peruano recibe hasta 25 llamadas molestosas.

Usuarios reciben hasta 25 llamadas spam en un día.
Usuarios reciben hasta 25 llamadas spam en un día.

Una medida que era esperada por los miles de peruanos que son aturdidos a diario por las llamadas spam. El Ministerio de Justicia informó que este lunes 31 de marzo entrará en vigencia el nuevo y actualizado reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales, que podría terminar con las llamadas comerciales y publicitarias no autorizadas.

En el artículo 26 de dicho reglamento, aprobado por el Decreto Supremo n° 016-2024, se determina que las empresas podrán realizar solo una comunicación con los usuarios con el objetivo de solicitarles, por primera vez, el consentimiento para que reciban llamadas publicitarias y comerciales. De no encontrar una respuesta positiva, estarán obligadas a no utilizar sus datos ni contactarlos por llamadas telefónicas.

Para realizar esta única llamada pidiendo el consentimiento de los usuarios, las empresas deberán cumplir una serie de requisitos, como utilizar datos obtenidos de una fuente lícita y no haber dado previamente a la llamada la oferta de los productos y servicios específicos.

“En caso una empresa contrate a un encargado (call center) para realizar las llamadas para establecer el primer contacto con el usuario, se deben establecer los medios para que el encargado haga llegar la negativa de contacto al responsable del tratamiento de datos (la empresa)”, explicaron voceros del Ministerio de Justicia.

Los ciudadanos, en todos los casos, tienen derecho de negarse, revocar u oponerse al tratamiento de sus datos personales para fines de publicidad y prospección comercial. Para eso, la empresa debe brindar un medio sencillo y gratuito para tramitar dicha solicitud, la cual se debe atender dentro del plazo máximo de 10 días.

El director de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD), Eduardo Luna Cervantes, afirmó que estas precisiones deberían generar una oferta más racional de bienes y servicios a través de las llamadas de contenido comercial.  “Se busca canalizar debidamente las oposiciones de ciudadanos que no desean volver a ser contactados”, dijo.

Las empresas que no cumplan podrán ser sancionadas con multas que van desde las 2 UIT (S/10.700) por infracciones leves hasta las 10 UIT (S/53.500) por infracciones muy graves. De haber una reincidencia, la multa puede llegar a las 100 UIT (S/535.000).

Aspec pide Ley Anti-spam

Sobre el tema, el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores (Aspec), Crisólogo Cáceres, señaló a La República que se necesita una Ley Anti-spam, por lo que solicitó al Congreso a aprobar un proyecto de ley que regule estas comunicaciones.

“Se debe determinar un único procedimiento para lograr que haya un consentimiento adecuado: los usuarios deben contactarse con las empresas y otorgar su autorización para recibir llamadas publicitarias o comerciales. Cualquier otra opción, no solucionará el problema”, señaló.

También consideró que se debe asignar un número telefónico especial a las empresas, lo que permitiría a los usuarios identificar fácilmente las llamadas spam. “Esto debió implementarse hace años y complementaría eficazmente las disposiciones de cualquier Ley Anti-spam”, mencionó tras agregar que al día los peruanos reciben entre 20 y 25 llamadas molestosas.

Crisólogo Cáceres, de Aspec, pide una Ley Anti-spam.

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