
El Gobierno prorrogó el estado de emergencia en Virú, Trujillo y Pataz, en la región La Libertad, ante el incremento de la delincuencia y criminalidad en dicha parte del país. Esta medida entrará en vigencia a partir del próximo lunes 10 de marzo por un plazo de 60 días calendario.
"Se informa la criminalidad existente en las provincias en sus distintas modalidades, precisando que continúa presentándose un índice elevado de delitos de gran impacto (lesiones, homicidio y otros); además de presentar una tendencia al incremento de la comisión de delitos contra el patrimonio (extorsión, hurto robo) cometidos por organizaciones y bandas criminales que utilizan armas de fuego y artefactos explosivos", se lee en los decretos supremos publicados en las Normas Legales del diario oficial El Peruano.
El Ejecutivo señala que la Policía Nacional del Perú deberá de "garantizar, mantener y restablecer el orden interno; así como prevenir, investigar y combatir la delincuencia". Estas acciones podrán ser llevarlas a cabo con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
"El artículo 44 de la Constitución Política del Perú prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación", precisa el Gobierno.
Además, se aclara que el estado de emergencia no debe exceder los sesenta días y que si las autoridades deciden extender dicha medida deberán de emitir un nuevo decreto.
Durante el estado de emergencia se restringe o suspende el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
Además, la Policía debe de intervenir según lo determinado en el Decreto Legislativo N°1186, que regula el uso de la fuerza en el ejercicio de la función policial. Por su parte, las Fuerzas Armadas deberán de actuar de acuerdo al Decreto N°1095, que precisa los límites del desempeño de sus funciones.
Por último, se detalla que al finalizar el estado de emergencia, la PNP deberá presentar un informe al titular del Ministerio del Interior dentro de los cinco días hábiles después de la disposición, para exponer las acciones que llevaron a cabo durante la prórroga del régimen de excepción.

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