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Sociedad

PJ mantiene vigente orden de paralizar demoliciones, pero obras en Vía Expresa Sur pueden seguir

Tercera Juzgado Constitucional declaró infundado el pedido de la MML. Por lo tanto, se mantiene paralización de demoliciones en el AAHH Luis Felipe de las Casas II, en SJM.

larepublica.pe
Orden judicial protege a un grupo de casas ubicadas cerca al trazo de la Vía Expresa Sur. Difusión

El Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima declaró infundado el pedido de "nulidad de todo lo actuado" que presentó la municipalidad metropolitana, encabezada por el alcalde Rafael López Aliaga, contra la resolución de amparo que este mismo despacho otorgó en favor de un grupo de familias cuyas viviendas se hallan en la zona de influencia de la Vía Expresa Sur, en San Juan de Miraflores, y que podrían ser demolidas.

Esto significa que su decisión anterior sigue vigente, es decir, continúa firme la resolución de amparo que ordena a la Municipalidad de Lima detener las demoliciones de las viviendas en el AAHH Luis Felipe de las Casas Grieve II, en San Juan de Miraflores, las cuales son ocupadas por aproximadamente 300 familias. La construcción de la vía, no obstante, puede continuar.

En su nueva resolución de fecha 17 de enero, el juez John Paredes Salas señala también que queda ratificada la competencia material de su juzgado "para conocer la presente demanda de amparo en contra actuaciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en torno a procedimientos sancionadores iniciados en el contexto del proyecto Vía Expresa Sur; dejando a salvo su cuestionamiento a través de la excepción correspondiente, conforme al artículo 35 del Código Procesal Civil, aplicable subsidiariamente".

El Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima declaró infundado el pedido de "nulidad de todo lo actuado". Foto: LR

Como se recuerda, la Procuraduría General de la Municipalidad de Lima, siguiendo indicaciones del alcalde López Aliaga, presentó un pedido de nulidad de lo actuado por el juez Paredes, pero además señaló que su despacho no era competente para emitir una resolución de amparo, pues ello corresponde solo a una sala constitucional.

Lecciones de Derecho

Pues bien, el juez en mención no solo declaró infundado el pedido, sino que además hizo ver a la Municipalidad de Lima que sí es competente para seguir viendo el caso, y argumento su decisión citando artículos de la Constitución y del Código Procesal Civil.

En tanto, los vecinos del AAHH Luis Felipe de las Casas Grieve II desmintieron la versión de la MML, asegurando que jamás solicitaron la paralización de las obras en la Vía Expresa Sur, y que su único pedido es el respeto a sus derechos garantizados por la Constitución, como el debido proceso y el derecho a la propiedad.

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