El Gobierno amplió la emergencia sanitaria por Covid-19 hasta el 25 de mayo mediante el Decreto Supremo N.º 003-2023-SA. La medida se ejecuta debido a que la Organización Mundial de la Salud (OMS) determinó que el SARS-CoV-2 continúa siendo una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII), calificada como pandemia. A partir de la ampliación de 90 días, el Ministerio de Salud (Minsa), el Instituto Nacional de Salud y el Seguro Social de Salud (EsSalud) tendrán que realizar las acciones señaladas en el “Plan de Acción-Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo Covid-19 en el Perú”.
Asimismo, se indica que se continuará contratando los bienes y servicios de las listas de “Bienes o servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria Covid-19”.
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Hacia el final del plazo, las autoridades responsables de hacer cumplir este plan de acción deberán informar sobre las actividades y recursos ejecutados, así como los resultados alcanzados.
Como disposición complementaria final, en la norma se indica que el personal del sector salud podrá continuar con trabajo mixto, en el marco de sus atribuciones.
Según información del Minsa, hasta el 22 de febrero, se ha registrado 97 casos de personas contagiadas por Covid-19 en Perú. Así también, se indicaron 144 casos confirmados con resultado positivo en los últimos siete días.
Entre las actividades señaladas en el “Plan de Acción-Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo Covid-19 en el Perú” están las siguientes: