El Ministerio de Educación (Minedu) informó que se modificó el documento normativo “Disposiciones para el retorno a la presencialidad para el año escolar 2022, en el marco del COVID-19″ en una reciente publicación extraordinaria en el diario El Peruano.
En la siguiente nota de La República, te detallamos todo lo que señala la normativa y qué medidas debe adoptar el colegio para desarrollar sus clases presenciales en el 2022.
Minedu: ¿Qué deben tomar en cuenta para el servicio presencial, semipresencial o virtual?
Presencial
- Servicio de lunes a viernes con presencia física de los docentes y estudiantes.
- Aforo máximo permitido por aula.
- Distanciamiento social de un metro.
- Uso de la doble mascarilla o una KN95.
Semipresencial
- Servicio educativo que combina momentos de trabajo a distancia y presencial cubriendo cinco (5) días a la semana. El horario se determina a partir de las características y condiciones de las instituciones y programas educativos. Si el servicio educativo se brinda de forma semipresencial, el docente debe acordar los horarios, medios de comunicación y herramientas para el trabajo a distancia con los estudiantes y sus familias.
- Se debe tomar en cuenta los factores de conectividad y acordar la metodología a usar.
Virtual
- Este tipo de prestación del servicio educativo se da en casos excepcionales. Los estudiantes acceden al servicio educativo desde una modalidad a distancia con acceso a medios como plataformas web, radio, televisión, tableta con internet, entre otros.
- Para este servicio debe tomarse en cuenta a la población vulnerable que cuenta con comorbilidades tales como cáncer, enfermedad renal crónica, enfermedad pulmonar crónica, afecciones cardíacas, diabetes mellitus 1 y 2, obesidad, trasplante de órganos, enfermedad cerebrovascular, hipertensión arterial, síndrome de Down, embarazo, infección por VIH y otros.
Después de dos años de educación virtual por la pandemia de la COVID-19, los alumnos podrán volver a las aulas. Foto: La República
¿Será requerida la vacunación contra la COVID-19?
El ministro de Educación, Rosendo Serna, mencionó que se recomienda la vacunación completa para niños en el retorno a las aulas. Sin embargo, en el caso de los docentes, sí es obligatorio contar con las dosis para que brinden el servicio presencial.
Según las disposiciones del Minsa, la inmunización es la medida de prevención más efectiva contra el coronavirus.
¿Qué se debe hacer en los colegios ante un caso de COVID-19?
- El servicio educativo semipresencial o presencial deberá ser suspendido para el aula en la que se encontró el caso confirmado o sospechoso de COVID-19, de acuerdo con el periodo de cuarentena establecido por el Minsa.
- Asimismo, deberán realizar cuarentena por los días establecidos por el Minsa las/los estudiantes y las/los docentes del aula en la que se identificó el caso, así como las personas que hayan estado en contacto con el caso sospechoso o confirmado de COVID-19.
- Finalmente, a través de los canales de comunicación establecidos por la I.E. o el programa educativo, se deberá notificar la suspensión temporal del uso de los ambientes.
Empezó vacunación de niños en Cusco. Foto: Raúl Cabrera/La República
¿Alumnos podrán consumir alimentos?
- Cada estudiante consumirá los alimentos que trae desde su hogar, para lo cual se guardará una distancia física de 2 metros, en un espacio abierto, con acompañamiento de una o un docente como parte de una hora pedagógica (aplica para ámbitos rurales y urbanos).
- Mantener la higiene respiratoria.
- No compartir alimentos ni utensilios.
- Lavarse o desinfectarse las manos antes del consumo de alimentos.
- Retirarse la mascarilla y guardarla durante el consumo de alimentos.
- Al culminar, colocarse la mascarilla nuevamente y lavarse las manos.
- Los quioscos, las cafeterías y los comedores escolares se mantendrán cerrados y sin brindar servicios durante la emergencia sanitaria.
¿Desde cuándo se retornará a las aulas?
El Ministerio de Educación informó que las clases presenciales iniciarán máximo el 28 de marzo de 2022.
Calendario escolar 2022 del Minedu
- Primer bloque de semanas de gestión (2 semanas): del 1 al 11 de marzo
- Primer bloque de semanas lectivas (9 semanas): del 14 de marzo al 13 de mayo
- Segundo bloque de semanas de gestión (1 semana): del 16 al 20 de mayo
- Segundo bloque de semanas lectivas (9 semanas): del 23 de mayo al 22 de julio
- Tercer bloque de semanas de gestión (2 semanas): del 25 de julio al 5 de agosto
- Tercer bloque de semanas lectivas (9 semanas): del 8 de agosto al 7 de octubre
- Cuarto bloque de semanas de gestión (1 semana): del 10 al 14 de octubre
- Cuarto bloque de semanas lectivas (9 semanas): del 17 de octubre al 16 de diciembre
- Quinto bloque de semanas de gestión (2 semanas): del 19 al 30 de diciembre