Desde que se oficializó el pedido del carnet de vacunación en todos los espacios cerrados del país, algunos peruanos han cuestionado la decisión del Gobierno y, por el contrario, han fomentado el desacato de la medida e incluso la no vacunación contra la Covid. Son muchos los peruanos que se niegan a vacunarse y algunos de ellos han tomado como un acto “discriminatorio” que no se les haya permitido el ingreso a los distintos locales por no contar con el esquema completo de inoculación, que ha cobrado importancia tras la llegada de la variante ómicron.
Esta situación ha llevado a que algunos de ellos recurran al libro de reclamaciones con la intención de expresar su disconformidad con las disposiciones del Ministerio de Salud (Minsa).
Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), refirió a La República que la figura de la discriminación en las relaciones de consumo prevista en los artículos 1 y 38 del Código de Protección y Defensa del Consumidor no aplica en este tipo de situaciones porque las restricciones a quienes no acreditan haberse vacunado no se están referidas a motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica u otros similares.
“Por el contrario, están vinculadas a una política pública de protección de la salud de la población que debería ser respaldada por todos los ciudadanos”, comentó.
En esa línea, el abogado remarcó que el propio Código determina que es legal y legítima la exclusión de personas, si es que median causas de seguridad del establecimiento o tranquilidad de sus clientes u otros motivos similares.
“En tal virtud, cualquier ciudadano podría considerar válidamente que sus derechos a la seguridad y tranquilidad están bajo una inaceptable amenaza si las personas que lo rodean podrían no estar vacunadas. El Código señala que el trato diferente de los consumidores debe obedecer a causas objetivas y razonables. Obviamente, la preservación de la salud e incluso la vida son causas sobradamente objetivas y razonables”, resaltó.
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Cáceres señala que “los no vacunados podrían solicitar el libro de reclamaciones y llenarlo. A su turno, el proveedor haría lo propio y consignaría simplemente que el establecimiento cumplió con lo dispuesto por el Minsa”.
En tanto, según Santiago Dávila, economista y socio de EA Consultores, un consumidor o ciudadano no podría demandar a un mandato de ley del Ejecutivo desde el libro de reclamaciones, puesto que este último no refuta la idoneidad de un producto o servicio.
“No (aplica) porque es una ley la que determina que tú debes estar vacunado. El libro de reclamaciones sirve para reclamar cuando has recibido un producto o servicio no idóneo por parte del proveedor del mismo, es decir, te han vendido algo que no cumple con las funciones o expectativas”, enfatizó el experto a La República.
Recuerda presentar tu certificado físico o virtual de inmunización contra el SARS-CoV-2 cuando viajes en el transporte interprovincial o al ingresar a ambientes cerrados, según lo establecido en el decreto supremo 168-2021-PCM, como restaurantes, malls o ministerios. Puedes imprimirlo o almacenarlo en tu celular, laptop u otro dispositivo. El código QR del carnet de vacunación está habilitado para descargarse como imagen a fin de que también lo puedas mostrar a través de algún aplicativo o lector digital.