El Gobierno peruano publicó, este miércoles 31 de marzo, la Ley 311148 que promueve y garantiza el manejo de la higiene menstrual de niñas, adolescentes y mujeres vulnerables. Asimismo, garantiza el acceso universal, gratuito, igualitario y progresivo a estos productos como insumos básicos y de primera necesidad.
La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, precisa que la supervisión de la producción de los insumos estará a cargo de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), así se tendrá en cuenta su calidad, seguridad y eficacia.
“Digemid supervisará el material con el que están elaborados los productos de higiene íntima femenina, donde sus insumos o concentración deberán ser aceptados en la práctica médica, comprobando su calidad, seguridad y eficacia, así como el periodo en que permanecen en el organismo, considerándose periodos menores a doce horas, entre doce y menos de treinta días, y más de treinta días”, se lee.
Asimismo, menciona que el Ministerio de Salud (Minsa), en coordinación con el Ministerio de Educación (Minedu), establecerá las directrices para abordar los temas de la gestión y la higiene menstrual. Además, desarrollará proyectos de sensibilización para concientizar sobre la importancia de los productos para una vida saludable.
Ley 31148. Foto: El Peruano.
Por último, recalca que el Minsa queda facultado para crear el Observatorio de Gestión Menstrual, que promoverá la generación de información, datos y estadísticas, con la finalidad de desarrollar políticas públicas y garantizar la reducción de desigualdad en su acceso.
En julio de 2020, la congresista Arlette Contreras (no agrupada) presentó esta iniciativa legislativa para que se garantice la formación educativa menstrual, a nivel primario y secundario, sin estereotipos de género y libre de discriminación. A inicios de marzo, el pleno del Congreso aprobó por mayoría (95 votos a favor y 4 abstenciones) el proyecto de ley 5797.