Emergencia animal. El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) ha puesto en marcha una intensa campaña de sensibilización entre los vecinos de Huarmey para disuadir el consumo de aves marinas como la chuita (Phalacrocorax gaimardi) y el guanay (Phalacrocorax Bougainvillii).
Hace unas semanas, más de 70 ejemplares de la especie chuita y 381 de la especie guanay fueron halladas muertas en pleno estado de emergencia nacional decretado por el Gobierno debido a la pandemia del nuevo coronavirus (COVID-19).
En algunos casos, los especialistas de esta oficina adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego hallaron rastros de dinamita muy cerca a donde anidan estas aves marinas, por lo que se tuvo que pedir la intervención de la Policía de Huarmey.
Las primeras investigaciones apuntan a que algunos residentes de Huarmey y otros balnearios aledaños capturan a estos animales silvestres para preparar diversos potajes en el norte chico del país.
Es por ello que desde el pasado domingo 4 de octubre y hasta este martes 6, los integrantes del Comité de Monitoreo, Vigilancia y Fiscalización Ambiental de Huarmey y personal de Serfor visitan establecimientos comerciales como restaurantes y hoteles para informar sobre la importancia de estas aves marinas en el ecosistema.
La chuita y el guanay son aves guaneras de la costa peruana que, en el siglo pasado, fueron aves predominantes en la producción del guano de isla. Incluso, su población llegó a 30 millones de aves en todo el litoral peruano, produciendo 332.000 toneladas de guano. Sin embargo, pese a su importancia, el número de ejemplares ha ido disminuyendo y por ende también la producción del fertilizante marino.
Estas aves se encuentran en el ecosistema marino de la costa de Huarmey. No obstante, tanto el guanay como la chuita son cazadas indiscriminadamente para el consumo humano. La especie chuita se encuentra categorizada “en peligro” y el guanay está clasificada como “casi amenazada” según Decreto Supremo N.° 004-2014-MINAGRI.
El Serfor recuerda a la ciudadanía que la caza, captura, transporte, venta o adquisición de animales es un delito sancionado con pena privativa de libertad de 4 a 7 años. Asimismo, es considerado como una infracción muy grave por la Ley N.° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, que sanciona con multas que fluctúan entre 0,1 y 5.000 UIT, determinadas según los criterios de gradualidad.
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