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¿Qué pasa si no pago la multa por no votar?: sanciones, trámites impedidos y cobranza coactiva del JNE

El JNE otorga un plazo de 7 días para cancelar la multa y sus intereses. Los ciudadanos pueden solicitar justificaciones antes de que inicien las medidas cautelares de embargo.

¿Qué pasa si no pago la multa por no votar?: sanciones, trámites impedidos y cobranza coactiva del JNE
El JNE ofrece mecanismos de consulta para verificar deudas electorales y permite solicitar justificaciones o dispensas en ciertos casos. | Foto: Andina/JNE/Composición La República

Una multa electoral pendiente de pago genera restricciones para realizar determinadas gestiones y puede dar paso a un procedimiento de cobranza coactiva. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) cuenta con mecanismos para exigir el pago de estas deudas cuando no son regularizadas dentro de los plazos establecidos.

La situación puede comenzar con una notificación al ciudadano y continuar con una resolución de ejecución coactiva. Por ello, además de conocer el monto de la sanción, resulta necesario identificar qué trámites pueden verse afectados y qué ocurre si la deuda permanece pendiente hasta llegar a la etapa de embargo.

¿Qué trámites y gestiones pueden quedar restringidos si no pagas una multa electoral?

Mientras exista una multa electoral pendiente, el ciudadano puede encontrar dificultades para realizar determinadas gestiones ante notarías y entidades públicas. Entre ellos figuran actos notariales, firma de contratos, trámites vinculados con licencias y otros procedimientos administrativos. El propio JNE ha señalado que mantener una deuda electoral puede generar inconvenientes en trámites notariales, cobro de cheques y gestiones ante instituciones públicas.

Entre las restricciones señaladas también se encuentran gestiones relacionadas con documentos de identidad y viaje, operaciones financieras y determinados procedimientos civiles o administrativos. Sin embargo, una multa pendiente no elimina el derecho del ciudadano a votar en una elección posterior. El JNE también establece mecanismos de consulta para verificar si una persona registra deudas electorales.

¿Cómo funciona la cobranza coactiva del JNE y cuándo pueden embargar tus cuentas?

Si la deuda no es cancelada y la multa queda firme, el caso puede pasar a la Unidad de Cobranza para iniciar la ejecución coactiva. El JNE indica que la Resolución de Ejecución Coactiva concede un plazo de 7 días hábiles para cancelar la multa, además de las costas que correspondan y los intereses legales.

Una vez vencido ese periodo sin que se efectúe el pago, el ejecutor coactivo puede ordenar medidas cautelares. Entre ellas se encuentra el embargo mediante retención de cuentas bancarias, destinado a asegurar la recuperación de la deuda. Si la multa es pagada después de la retención, el JNE señala que el levantamiento del embargo se realiza de oficio y es comunicado a la entidad financiera.

El ciudadano también puede solicitar una justificación o dispensa cuando corresponda a una causal contemplada por la normativa electoral. El JNE establece que estos trámites pueden presentarse desde el día siguiente de la elección y hasta antes de que se emita la resolución de medida cautelar de embargo, según el procedimiento vigente.

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