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¿Cuánto es la multa por no cumplir como miembro de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales?

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) seleccionó a 809,415 ciudadanos como miembros de mesa durante el sorteo público realizado el pasado viernes 24 de julio.

ONPE seleccionó mediante sorteo público a miembros de mesa para las ERM2026.
ONPE seleccionó mediante sorteo público a miembros de mesa para las ERM2026. | Difusión

Los ciudadanos designados como titulares o suplentes que no asistan o rechacen integrar la mesa de sufragio durante las Elecciones Regionales y Municipales 2026, deberán asumir una multa de 275 soles, equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), según lo señalan las autoridades electorales.

La normativa establece una doble sanción para aquellos miembros de mesa que, además de ausentarse de su cargo, tampoco emitan su voto.

En estos casos, se acumulará la multa por no sufragar, cuyo monto varía según la condición socioeconómica del distrito de residencia: 110 soles (2% de la UIT) para zonas no pobres, 55 soles (1% de la UIT) para distritos pobres y 27,50 soles (0,5% de la UIT) para localidades en situación de extrema pobreza.

En cuanto a los canales de pago, el JNE indicó que las multas por no sufragar o por incumplir el rol de miembro de mesa podrán cancelarse de forma digital a través de la plataforma Pagos en Línea, así como de manera presencial en cualquier agencia del Banco de la Nación.

Sobre el incumplimiento en el pago

La institución electoral indicó que los ciudadanos que mantengan la deuda estarán impedidos de realizar diversos trámites administrativos, conforme a lo estipulado por la Ley N° 28859 sobre restricciones civiles, comerciales, administrativas y judiciales.

No obstante, existen mecanismos legales para quedar exento de la multa. La ciudadanía puede presentar una excusa —por motivos de salud, encontrarse fuera del país o impedimentos legales— dentro de los cinco días hábiles posteriores a la publicación de la lista definitiva de miembros de mesa ante la ONPE.

De igual manera, se puede gestionar la justificación por motivos de salud hasta cinco días calendario antes de la jornada electoral en la misma entidad.

Por otro lado, la dispensa (para el caso de no votar) y la justificación posterior (para quienes no cumplieron como miembros de mesa por motivos válidos y probados) se tramitan ante el JNE al día siguiente de las elecciones.

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