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Política

López Aliaga apela exclusión de candidatura: afirma que no juramentará como senador y puede postular

El líder de Renovación Popular presentó un recurso de apelación ante el JNE para revertir la decisión que declaró improcedente su inscripción como candidato a regidor de Lima. En el documento, sostiene que la ley solo impide postular a quienes ejercen el cargo de congresista y cuestiona que el Jurado Electoral Especial (JEE) equipare esa condición con la de un senador electo.

Rafael López Aliaga
Renovación Popular presentó apelación para candidatura de López Aliaga. Foto: difusión

La organización política de Rafael López Aliaga apeló la resolución que excluyó su candidatura a regidor metropolitano y pidió al Pleno del JNE revocar la decisión. La República accedió al documento, en el que el líder de Renovación Popular sostiene que no juramentará como senador para el periodo 2026-2031 y, por ello, considera que no existe impedimento legal para participar en las elecciones municipales.

El recurso fue presentado luego de que el Jurado Electoral Especial de Lima Centro declarara improcedente la inscripción de López Aliaga, al considerar que su proclamación como senador electo constituye una situación jurídica vigente que no ha sido modificada por ninguna autoridad competente. Para el JEE, las cartas mediante las que comunicó su decisión de no asumir el escaño no alteran los efectos de la proclamación.

En respuesta, la defensa de Rafael López Aliaga sostiene que la resolución incurre en errores de hecho y de derecho. Afirma que el órgano electoral interpretó de forma incorrecta la Ley de Elecciones Municipales al extender un impedimento previsto para congresistas en funciones a una persona que aún no ha iniciado el ejercicio del cargo.

La apelación también solicita que el JNE admita a trámite la candidatura del exalcalde de Lima y continúe el procedimiento de inscripción. Además, cuestiona la motivación del JEE, señala una presunta afectación al derecho de participación política y sostiene que existió un trato desigual respecto de otros postulantes de la misma lista.

La apelación sostiene que un senador electo no tiene el mismo estatus que un congresista en funciones

El principal argumento de Rafael López Aliaga parte de una diferencia jurídica. Según el recurso, la prohibición contenida en el artículo 8 de la Ley de Elecciones Municipales alcanza únicamente a los congresistas que ya ejercen el mandato, condición que, afirma, solo se adquiere después de la juramentación y de la instalación del nuevo Congreso.

La defensa sostiene que un senador electo conserva únicamente el derecho a incorporarse al Parlamento, pero todavía no asume las obligaciones, incompatibilidades ni restricciones propias del cargo. Con ese razonamiento, asegura que la proclamación realizada por el JNE no basta para impedir una candidatura municipal, ya que el mandato parlamentario aún no ha comenzado.

El recurso añade que López Aliaga comunicó al JNE y al Congreso su decisión irrevocable de no recibir la credencial, no juramentar y no asumir el cargo de senador. Incluso, solicita que se convoque al candidato accesitario que corresponda para ocupar ese escaño. A juicio de la defensa, esos actos demuestran que nunca ejercerá funciones parlamentarias.

López Aliaga cuestiona que el JEE haya aplicado un impedimento que, según su defensa, no existe

La apelación afirma que el JEE creó una restricción que la ley no contempla de manera expresa. Para la organización política, las limitaciones al derecho a ser elegido deben interpretarse de forma estricta y no pueden ampliarse mediante analogías o interpretaciones extensivas.

Otro de los cuestionamientos apunta a la valoración de la documentación presentada durante la etapa de subsanación. El escrito sostiene que las comunicaciones enviadas por el líder de Renovación Popular sí acreditan su situación jurídica actual y permiten verificar que no ejercerá el cargo parlamentario. Por esa razón, considera que el JEE exigió requisitos que no aparecen en la legislación electoral.

La defensa agrega que la resolución tampoco explica por qué la condición de senador electo debe recibir el mismo tratamiento que la de un congresista en funciones. A su juicio, esa falta de motivación vulnera garantías constitucionales y restringe injustificadamente el derecho de participación política del candidato.

El recurso también denuncia un trato desigual frente a otros candidatos de la lista

Además del fondo jurídico, la apelación sostiene que el JEE incurrió en una contradicción dentro de la misma resolución. El documento señala que el órgano electoral admitió las candidaturas de otros integrantes de la lista de Renovación Popular que también habían sido proclamados como autoridades electas en las elecciones generales.

Para la defensa del excandidato presidencial, esa diferencia de criterio vulnera el principio de igualdad ante la ley. El recurso sostiene que el mismo colegiado emitió decisiones distintas respecto de personas que, según su interpretación, se encontraban en una situación jurídica equivalente, sin ofrecer una justificación suficiente para ese tratamiento diferenciado.

Finalmente, la organización política solicita que el Pleno del JNE revoque la resolución del Jurado Electoral Especial de Lima Centro, admita la candidatura de López Aliaga como regidor metropolitano y continúe el procedimiento de inscripción. También pide que el máximo órgano electoral priorice el derecho fundamental a ser elegido y aplique una interpretación favorable al ejercicio de los derechos políticos.

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