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Política

El fin del caso Cócteles y la caída del fiscal José Domingo Pérez

En un mismo día. El juez Wilson Verástegui acató la resolución del Tribunal Constitucional y manda al archivo el caso Cócteles contra Keiko Fujimori y Fuerza Popular. En tanto, la Autoridad de Control del Ministerio Público suspendió al fiscal Pérez por seis meses en el ejercicio del cargo.

Keiko Fujimori queda libre del caso cócteles y el fiscal José Domingo Pérez enfrenta la destitución. Foto: composición LR
Keiko Fujimori queda libre del caso cócteles y el fiscal José Domingo Pérez enfrenta la destitución. Foto: composición LR

Una caída anunciada, pero por eso mismo muy peligrosa para el sistema judicial. Cómo si se hubieran puesto de acuerdo, en un mismo se puso fin al caso Cócteles y el hasta hace poco poderosísimo fiscal provincial José Domingo Pérez fue suspendido y se enfrenta a una posible destitución.

Por la tarde, el juez nacional de investigación preparatoria, Wilson Verástegui notificó que decidió acatar en su integridad la sentencia del Tribunal Constitucional que pone fin al caso Cócteles contra Keiko Fujimori y 33 militantes y dirigentes de Fuerza Popular por lavado de activos y organización criminal, que se había iniciado el año 2016.

Horas después, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial resolvió suspender al fiscal provincial José Domingo Pérez Gómez y lo aparto del Ministerio Público por el lapso de seis meses, que podría convertirse en indefinido pues la máxima sanción por los cargos que se le atribuyen es la destitución, precisa la resolución respectiva.

El final de un caso emblemático

Parte de la resolución que dispone el archivo del proceso a Keiko Fujimori

En principio, las dos decisiones se toman de acuerdo con la Constitución, las leyes y respetando los procedimientos vigentes. Eso está claro, en lo que siempre habrá dudas es en la posibilidad de que la motivación y oportunidad para ambas decisiones puede ser política y por eso, justo, la coincidencia en el día y, al comienzo de un proceso electoral.

El suspendido fiscal Pérez saltó a la fama y al Equipo Especial Lava Jato con la meticulosa investigación sobre las formas, modos y origen de los dineros utilizados por Fuerza Popular para las campañas electorales de los años 2011 y 2016. Luego, por elegir la víspera de una fecha clave en el proceso electoral para tomar una decisión de impacto.

Desde un inicio era previsible que el caso se archivaría por un conflicto en el tiempo del delito de lavado de activos o por la falta de conocimiento previo de los actos ilícitos de origen, algo que se definió en el Tribunal Constitucional aunque también lo pudo hacer la Corte Suprema de Justicia. Pudo hacerlo.

Para todos los procesados

Parte de la resolución que archiva el caso Cócteles para todos los procesados junto a Keiko Fujimori

El juez Verástegui tampoco tenía margen de acción. Hay que decirlo. La sentencia del Tribunal Constitucional había resuelto que antes de noviembre del 2016 la legislación penal no había previsto que los aportes de origen ilícito a una campaña electoral se considerarán delito, lo cual impedía continuar con el proceso.

Lo que demoró la decisión y el juez lo dijo en la audiencia realizada el 19 de diciembre, era si la sentencia del TC alcanzaba a todos los co-procesados, pues la acción de hábeas corpus era solo a favor de Keiko Fujimori. Para definir esto, el juez le solicitó al fiscal Pérez que precise los cargos para cada uno de los acusados.

Luego de revisar el expediente, el juez Wilsón Verástegui concluye que los cargos que se atribuyen a Keiko Fujimori son los mismos para los demás dirigentes de Fuerza Popular y aportantes, en consecuencia resolvió hacer extensiva la sentencia del TC a todos los implicados y dejar el sobreseimiento del caso.

Anotó que esta posición no es nueva en el presente caso, pues anteriormente respecto de una acción de Amparo de José Chlimper se tomó la misma decisión, hacer extensiva la sentencia del TC a todos los co-procesados.

Sobre el pedido para no cumplir la sentencia del TC el juez subraya: "la sentencia N°185/2025 tiene la calidad de cosa juzgada, máxime si del contenido de la misma se advierte un pronunciamiento de fondo y conforme al artículo 15 del Código Procesal Constitucional, tiene tal calidad, por ende, inamovible, vinculante y definitiva. Incluso tal pronunciamiento del máximo intérprete de la Constitución, en términos del artículo 120 del mismo cuerpo normativo citado, agota la jurisdicción nacional, ni procedería proceso constitucional alguno en su contra.

Agregó: "El ministerio Público y la Procuraduría señalan que la sentencia N° 185/2025 contendría vicios y errores. Al respecto, el mismo Código Procesal Constitucional en su artículo 121 habilita a las partes para que, en el plazo de 2 días hábiles luego de notificados, acudan al mismo Tribunal Constitucional a fin de que este aclare algún concepto o subsane cualquier error material u omisión en que hubiese incurrido; no obstante, dicho mecanismo procesal no se habría seguido por los sujetos procesales antes señalados, dejando consentir incluso los errores que ahora señalan".

Falsa declaración y falsedad genérica

Parte de la resolución que dispone continuar el proceso contra Mark Vito por lavado de activos

Sin embargo, el juez deja con vida las imputaciones contra Keiko Fujimori y otros 11 procesados por presuntos delitos de Falsa Declaración en Procedimiento Administrativo y el delito de Falsedad Genérica, aunque es probable que estén prescritos. Así, en este aspecto, el proceso sigue activo para Keiko Fujimori, Pier Figari, Ana Rosa Herz, Clemente Yoshiyama, José Chlimper, Adriana Tarazona, Luis Mejía Lecca, Rafael Herrera Mariños, Carmela Paucara Paxi y Erika Yoshiyama Coga.

Al respecto, el abogado Carlos Caro Coria comentó en redes sociales que "con la Ley Soto el plazo de prescripción es de 7 años para delitos con penas de 4 años de prisión. Las imputaciones por las campañas de 2011 y 2016 prescribieron en 2018 y 2023, respectivamente". Aunque muchos jueces se resisten a aplicar la ley Soto.

El juez subraya que será otro fiscal y otro subsistema especializado en el que deberá pronunciar en este extremo. El caso Cócteles hasta ahora se encuentra en el subsistema de Lavado de Activos. También continuará en trámite la investigación por lavado de activos a Mark Vito Villanela y MVV Bienes Raíces por lavado de activos.

El fiscal Pérez queda fuera del Ministerio Público

Parte de la resolución que suspende al fiscal José Domingo Pérez por seis meses en el ejercicio del cargo

La Oficina Desconcentrada de Lima de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público suspendió al fiscal José Domingo Pérez por seis meses en el ejercicio de todo cargo en la fiscalía.

La Autoridad de Control tomó está decisión al considerar que el fiscal afectó los derechos del dirigente de Fuerza Popular, José Chlimper en el caso Cócteles, a partir de una sentencia del TC.

El organismo de control anota que la medida de suspensión es necesaria para garantizar las investigaciones pues los hechos imputados a Pérez son muy graves y es posible que se le imponga la destitución en el cargo.

José Domingo Pérez puede apelar la decisión, pero ésta se ejecuta de inmediato. Tras disolverse el Equipo Especial Lava Jato,  Pérez pasó a una fiscalía anticorrupción de Lima.

Libre. Keiko Fujimori queda libre del proceso del caso Cócteles, pero aún tiene otras dos investigaciones por presunto lavado de activos, igual por aportes a las campañas electorales

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