
El Poder Judicial, por medio del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, declaró infundada la solicitud fiscal que buscaba la suspensión temporal de la recaudación de peaje de la concesión Línea Amarilla, quien hoy es administrada por la empresa Lima Expresa S.A.C., en Evitamiento y el túnel debajo del Río Rímac.
Además, el juez Jorge Luis Chávez Tamariz rechazó el nombramiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima (EMAPE S.A.) como administrador judicial para custodiar los bienes de dicha concesión.
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"Se declara infundada la petición fiscal de suspensión temporal de las actividades de recaudación de peaje en la concesión del proyecto “Línea Amarilla”, operada por la persona jurídica Lima Expresa S.A.C. (antes Línea Amarilla S.A.C. - LAMSAC), en las siguientes ubicaciones. Sección 1: que comprende 4 peajes, con un total de 49 casetas manuales y 4 PEX. Sección 2: que comprende 3 peajes, con un total de 20 casetas manuales", dice la resolución.
Según el documento al que tuvo acceso este diario, el pedido fue formulado por el Equipo Especial Lava Jato en el marco de las investigaciones en contra de la exalcaldesa Susana Villarán y la constructora brasileña OAS por los presuntos delitos de lavado de activos, asociación ilícita, colusión, entre otros.
Decisión del Poder Judicial sobre el cobro de peajes en Línea Amarilla.
La Fiscalía puso en duda el contrato de concesión debido a las supuestas irregularidades que habrían surgido en las modificaciones firmadas entre la Municipalidad y Línea Amarilla entre 2009 y 2016.
Además, recordó las reuniones entre Villarán de la Puente con Miguel Prialé Ugas y Luis Guillermo Guiufo, quienes posteriormente ocuparon los cargos de gerente municipal y asesor de GPIP, junto con Valfredo de Assis Ribeiro Filho, como Director Operacional de Constructora OAS Sucursal del Perú y Augusto Cesar Ferreira e Uzeda, como Superintendente de OAS Internacional.
"En el desarrollo de dicha reunión se trataron asuntos sobre el proyecto Línea Amarilla y se acordó negociar el cambio de denominación del proyecto de la concesión", se lee en el documento.
Sin embargo, el Poder Judicial señaló que el requerimiento del Ministerio Público formaría parte de una sentencia, en lugar de una medida preventiva o cautelar. Asimismo, determinó que las investigaciones contra los imputados se encuentra en una etapa intermedia y, en consecuencia, se rechazó el pedido fiscal.
De acuerdo con la resolución, Lima Expresa se opuso a la suspensión de cobros de peajes al alegar que, desde agosto del 2020, se comenzó a aplicar el fórmula correcta al reajuste de peajes validado por la Municipalidad de Lima, la Procuraduría y el Ministerio Público en cumplimiento de laudo arbitral Corte de Arbitraje Internacional de París 1 de junio del 2025.
Además, sostuvieron que otro laudo arbitral concluyó que no se alteró el equilibrio económico y financiero del contrato y no se generaron sobrecostos.
Del mismo modo, señalaron que no habría ningún peligro de obstaculización de la justicia debido a que, según indican, en mayo del 2023 la Fiscalía incautó la información relevante durante allanamientos.
Asimismo, señalaron que la suspensión de un año de peajes los llevaría a la empresa a la quiebra y pondría en riesgo el trabajo de más de 600 personas, el pago de acreedores nacionales y la recaudación fiscal a través del IGV.

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