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Política

Tribunal Constitucional amplía hasta el 2030 plazo del INPE para reducir sobrepoblación en los penales

En 2020, el TC ordenó al Estado acabar con la sobrepoblación carcelaria y garantizar derechos humanos. Cinco años después, el gobierno alega falta de presupuesto y solicita cinco años más de plazo.

La sobre población penitenciaria afecta los derechos humanos de los reclusos generando un estado inconstitucional
La sobre población penitenciaria afecta los derechos humanos de los reclusos generando un estado inconstitucional - Foto: Minjus

Atendiendo un pedido del gobierno, el Tribunal Constitucional decidió ampliar hasta el año 2030 el plazo que tiene el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para reducir el hacinamiento de los centros penitenciarios del país, es decir el exceso de reclusos en los penales del país. El 20 de junio de 2020 el TC consideró que la sobre población penitenciaria generaba un estado de cosas inconstitucional que debería corregirse lo antes posible, pero las autoridades gubernamentales y penitenciarias no han encontrado la forma, hasta el momento.

Por eso, en la sentencia recaída en el Expediente 05436-2014-PHC/TC, el TC declaró que el hacinamiento penitenciario provoca "un estado de cosas inconstitucional respecto del permanente y crítico hacinamiento de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional, así como por las severas deficiencias en cuanto a su capacidad de albergue, seguridad, calidad de su infraestructura e instalaciones sanitarias, de salud física y mental, entre otros servicios básicos".

Ante esta critica situación que afectaba los derechos mínimos de los reclusos, el TC ordenó el Ministerio de Justicia en un plazo no mayor de tres meses identificar y elaborar un listado de los centros penales del país que sufrían de hacinamiento y afectaban los derechos de los reclusos. Además, "ampliar, modificar o replantear sustancialmente las medidas que resulten necesarias e indispensables para superar, progresivamente dicho estado de cosas inconstitucional, así como evaluar la decisión de reestructurar integralmente el INPE, a fin de redimensionar el tratamiento penitenciario con fines de reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad"

Falta de presupuesto para mejorar infraestructura penitenciaria

Penal Miguel Castro Castro

Posteriormente, en otra nueva resolución se pasó de los tres meses iniciales a cinco años, que vencían en junio de 2025 pero el hacinamiento de los penales continua. El 24 de abril de 2025, mediante un oficio, el Ministerio de Justicia expuso ante el TC "que - durante la etapa de ejecución de la referida sentencia constitucional-, por efectos de la crisis sanitaria del Covid-19 y los daños ocasionados por el ciclón Yaku, se generó una contracción en el crecimiento económico de nuestro país, que obligó al gobierno central a una inmediata reasignación de recursos a fin de atender principalmente los requerimientos del sector salud".

Días después de ese oficio, el 9 de mayo de 2025, el procurador del Ministerio de Justicia complementó información y "solicitó que se conceda un plazo ampliatorio para la culminación de la ejecución de la aludida sentencia "hasta el 2030 para desarrollar un plan nacional de deshacinamiento e implementación de las políticas penitenciarias destinadas a resolver el problema de las inadecuadas condiciones de vida en los centros de reclusión de nuestro país".

Así, por seis votos contra uno, los magistrados constitucionales decidieron mantener en suspenso la supervisión de ejecución de la sentencia hasta el año 2030, a fin de que el INPE puede cumplir con lo resuelto. Adicionalmente, disponen que "el INPE y el MINJUSDH informen documentalmente al Tribunal Constitucional, en el mes de enero de cada año desde la publicación del presente auto, sobre los avances concretos y el cumplimiento de los objetivos establecidos en la Política Nacional Penitenciaria al 2030, para alcanzar el deshacinamiento carcelario en los establecimientos penitenciarios de nuestro país. Sobre la base de esos avances, el Tribunal adoptará las medidas que considere pertinentes para la ejecución efectiva de la sentencia".

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