El Poder Judicial emitió una resolución donde decidió declarar como infundado el pedido del expresidente para que se varíen las reglas de conducta que habían sido impuestas en su contra, argumentando que esto vulnera su derecho al libre tránsito y perjudica su vínculo laboral pues aludió que la empresa Agrotécnica Estuquiña S.A. lo había retirado de su planilla debido a que no puede viajar a cumplir con sus labores. Cabe recordar que el exmandatario viene siendo investigado por el delito de cohecho.
"Por los fundamentos expuestos el Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, de conformidad con el artículo 29.2 del Código Procesal Penal, actuando por licencia por salud del Magistrado Titular, RESUELVE: DECLARAR INFUNDADO el pedido de cese de la regla de conducta impuesta al investigado Martin Alberto Vizcarra Cornejo, consistente en “La obligación de no ausentarse de la localidad en que reside sin previas autorización judicial y como tal improcedencia la pretensión subordinada de variación de la regla de conducta, en la causa penal que se le sigue por el delito de cohecho pasivo en agravio del Estado", se puede leer en el documento.
Resolución Judicial Vizcarra. Foto: captura/PJ
Precisamente, el Cuarto Juzgado Penal dio inicio al juicio oral en contra de Vizcarra el pasado 28 de octubre, esto a raíz de que en el mes de marzo del año 2021, varios aspirantes a colaboradores eficaces dieron información al Ministerio Público de los presuntos sobornos que habría recibido el expresidente por parte de empresas que han sido vinculadas al Club de la Construcción. Esto con relación a los de Lomas de Ilo y la ampliación del Hospital de Moquegua, departamento del cual fue gobernador regional.
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Ante la resolución del juez Ubaldo Callo que permitió al expresidente Martín Vizcarra viajar para celebrar las fiestas navideñas con su familia del 24 al 31 de diciembre, el Ministerio Público pidió al Poder Judicial revocar dicha autorización. En este contexto, el fiscal Germán Juárez Atoche argumenta que esta decisión compromete la garantía del debido proceso, por lo cual solicita que se acepte la nulidad de la autorización.
"Ante la solicitud presentada por el Ministerio Público, se ha formulado la nulidad absoluta contra la Resolución N° 2004, que otorga la autorización de viaje solicitada por la parte, al considerar que afecta la garantía del debido proceso, el derecho de defensa del Ministerio Público como representante de la sociedad y la debida motivación de las resoluciones judiciales. Se pide que esta solicitud sea declarada fundada y que el proceso se retrotraiga hasta el momento en que se generó el vicio que determina la ineficacia del auto de autorización de viaje. Asimismo, se advierte que el Ministerio Público ha solicitado la realización de una audiencia para exponer sus argumentos y someter su pedido al contradictorio.", se lee en la resolución judicial.
Resolución Judicial N° 205. Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional. Foto: La República.
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Al final del expediente, el juez Ubaldo Callo agendó una audiencia virtual para el jueves 21 de noviembre a las 11:00 a.m., en la que se revisará la solicitud de nulidad con la presencia de las partes implicadas, con el propósito de emitir una decisión sobre el caso.