El empresario, conductor de programas de radio y televisión y exalcalde de Lima Ricardo Belmont Cassinelli presentó un recurso de queja ante la Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV) contra Compañía Peruana de Radiodifusión S.A. por lo que calificó como una violación a los derechos fundamentales de él y de los miembros de su familia.
El recurso de queja, firmado por Belmont como denunciante y por su abogado Luis Alfonso Morey, califica la violación de “grave”, porque “inclusive han atentado contra la hija menor de Ricardo Belmont, la cual es menor de edad”.
En el oficio presentado se indica que “los días 20 y 21 de octubre del 2021 un dron de América TV perturbó la tranquilidad y la intimidad del hogar de la familia Belmont, realizando grabaciones de los distintos ambientes de su vivienda. Algunas de esas imágenes fueron propaladas el domingo 24 de octubre en el programa dominical ‘Cuarto poder’”.
Además, en el referido documento se enumeran las infracciones al Código de Ética, según plantea la representación jurídica de Belmont.
“América TV ha violado el artículo 1 del Código de Ética que indica que ‘los servicios de radiodifusión sonora y por televisión deben contribuir y respetar los derechos fundamentales de las personas, así como los valores nacionales que reconoce la Constitución y los principios establecidos en la Ley de Radio y Televisión”.
También aseguran Belmont y su abogado que América TV ha violado el principio del artículo 2 de dicho Código de Ética, que se refiere al respeto al honor, la buena reputación y la intimidad personal y familiar.
Ricardo Belmont. Foto: La República
Además, advierten que “la gravedad de la violación cometida” por la referida estación televisiva ameritaría una acción de queja o una solicitud de rectificación de oficio en esta entidad, pero “como no ha ocurrido, formalizo la queja mediante el presente escrito”.
Belmont asegura en este documento que América TV “ha violado el Código de Ética”.
Denuncia de acoso de Ricardo Belmont. Foto: captura Twitter
Aludió asimismo al artículo 154 del Código Penal, que establece que “el que viola la intimidad de la vida personal o familiar ya sea observando, escuchando o registrando un hecho, palabra, escrito o imagen, valiéndose de instrumentos, procesos técnicos u otros medios, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años”.
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Asegura el exalcalde de Lima que la libertad de expresión no puede ser empleada “para vulnerar los derechos fundamentales de las personas”.
Concluye el documento con una solicitud. Belmont y su abogado Morey exigen la “máxima sanción” a los responsables de lo que califican como la violación de sus derechos fundamentales. Esta solicitud de queja, presentada ante la SNRTV, lleva de fecha el 25 de octubre de este año. La Secretaría Técnica del organismo y el Tribunal deberán ver este caso.
Belmont fue anunciado como asesor presidencial, pero no llegó a ejercer esa función.
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Ricardo Belmont Cassinelli afirma que se cometió delito y que la libertad de expresión no debe servir “para vulnerar derechos de las personas”.
Recurso de queja presentado por Ricardo Belmont