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Política

Democracia Directa pierde su inscripción tras oficialización de resolución del JNE

La organización política solo había obtenido un 0,778% de los votos válidos durante el último proceso electoral del 11 de abril.

JNE informó que a favor de Democracia Directa se reservará su denominación y símbolo por el lapso de un año. Foto: Diario El Peruano
JNE informó que a favor de Democracia Directa se reservará su denominación y símbolo por el lapso de un año. Foto: Diario El Peruano

La organización política Democracia Directa perdió su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), luego que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) oficializara la resolución n° 0852-2021-JNE, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. En esta se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Daniel Ronald Raa Ortiz, personero legal titular de la organización política.

Asimismo, en el documento se señala también que la organización política se reservará su denominación y símbolo por el lapso de un año.

Esta medida fue adoptada como consecuencia de que Democracia Directa obtuviera un total del 0,778% de los votos válidos durante el último proceso electoral del 11 de abril de este año, no logrando una representación en el Parlamento por elección popular.

Por otro lado, el JNE precisó que la cancelación de la inscripción de un partido se produce luego de cumplirse un año de concluido el último proceso de elección general. Esto se da cuando no se alcanza al menos seis representantes al Congreso en más de una circunscripción electoral o al menos el 5% de los votos válidos a nivel nacional.

También se procede a la cancelación si una organización política no participa en dos elecciones generales sucesivas. El ROP, tras corroborar que se cumpla algunas de las dos situaciones, actúa de oficio o a pedido de los personeros legales.

“Por consiguiente, con dicha modificación, al incurrirse en la referida causa, la cancelación de la inscripción de la organización política procedía al cumplirse el año de concluido el último proceso electoral general”, señaló el documento.

Captura de la resolución N° 0852-2021-JNE, en donde se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Democracia Directa.

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