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Política

COVID-19: Congreso aprueba distribución gratuita de futura vacuna

Medida también alcanza a los medicamentos contra la pandemia, así como para otras emergencias sanitarias. Proyecto deberá someterse a segunda votación del Pleno.

El Pleno del Congreso aprobó en primera votación el texto sustitutorio que declara la distribución gratuita de la futura vacuna contra el nuevo coronavirus (COVID-19) en el Perú.

Con 113 votos a favor, 5 en contra y 1 abstención, los legisladores respaldaron en la sesión de este jueves el proyecto consensuado por las bancadas que declara de necesidad e interés público la adquisición de las inmunizaciones. Este deberá someterse a una segunda votación la próxima semana.

El propuesta aprobada consideró como bien esencial las vacunas así como los medicamentos que permitan curar y prevenir el nuevo coronavirus, y otras enfermedades clasificadas como pandemias.

El jefe de Estado aseguró que son las grandes crisis como estas las que dan oportunidades para dar saltos cualitativos. Foto: Presidencia

La iniciativa tiene por objetivo "garantizar el acceso a todas las personas y en particular a la población vulnerable al tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV-2, así como de las emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud”.

COVID-19: Distribución obligatoria, gratuita y universal

De acuerdo al texto sustitutorio, los medicamentos y las futuras vacunas que combatan a la COVID-19 y otras pandemias, deberán ser entregadas a todos las peruanas y peruanos de manera gratuita y obligatoria.

Artículo de texto aprobado sobre la distribución gratuita de futura vacuna

Añaden además que el Ministerio de Salud establecerá un esquema de vacunación con participación de los Gobiernos Regionales y de los sectores de la salud para garantizar el acceso y cobertura.

Para esto, señalan, que se debe fortalecer el primer nivel de atención de salud pública y asegurar la cadena de frío a nivel nacional para garantizar una vacunación segura.

Agregan que el Poder Ejecutivo, con la suscripción de la cartera de Salud y de Economía, se encargará del reglamento para ejecutar las disposiciones en un plazo no mayor a los 30 días calendario, desde que se promulgue la norma.

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