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Política

Poder Judicial: funcionarán juzgados de emergencia y se suspenden audiencias y plazos

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial acordó el funcionamiento de juzgados en todas los distritos judiciales para atender casos de detenidos, requisitorias y extradiciones.

larepublica.pe
Palacio de Justicia Foto: Andina

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), encabezado por su presidente José Luis Lecaros Cornejo, acordó suspender las labores del Poder Judicial, administrativas y jurisdiccionales, a nivel nacional, a partir del 16 de marzo, y por el plazo de 15 días, en acatamiento a la declaración de Estado de Emergencia Nacional.

Además, se suspenden los plazos procesales y administrativos por el plazo de 15 días calendarios. Esto supone que, no se continuarán realizando diligencias, audiencias de juicios y no habrá atención a litigantes, abogados y público en general. Los juicios públicos no sufrirán quiebres o vuelta a comenzar de cero, por la no continuación de las audiencias en los plazos previstos normales.

Sin embargo, de acuerdo con la Resolución Administrativa N° 115-2020, durante los 15 próximos días seguirán funcionando algunos órganos de administración de justicia para casos de emergencia en relación con intervenciones urgentes, detenidos, extradiciones y otras medidas que se consideren urgentes.

El CEPJ que preside Lecaros e integran los jueces Javier Arevalo Vela, Héctor Lama More, Gustavo Alvarez Trujillo, Mercedes Pareja Centeno y el abogado Manuel Castillo Venegas se declara en sesión permanente, con personal mínimo de apoyo, para atender cualquier emergencia.

En la Corte Suprema de Justicia, continuarán funcionando la Sala Penal Transitoria, la Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria para atender asuntos urgentes con requisitoriados, detenidos, extradiciones y otras medidas urgentes.

La Oficina de Control de la Magistratura y las ODECMAS, en los diversos distritos judicales, continuaran con sus labores con personal mínimo de jueces de control y personal de apoyo.

En las Cortes Superiores de Justicia y la Corte Penal Nacional se ha dispuesto que el presidente continúe laborando y designará los órganos jurisdiccionales y administrativos indispensables, por el periodo de emergencia.

Deberá funcionar, por lo menos, un juzgado penal para conocer procesos con detenidos, libertades, requisitorias, hábeas corpus y otros casos urgentes. También, se concluirá con emitir sentencias en los procesos con reos en cárcel, donde los procesados cumplan prisión preventiva que este por vencer o ya no se pueda prorrogar.

En el ámbito civil, se designará un juez para atender asuntos de violencia familiar, medidas cautelares, admisión de demandas y medidas cautelares en procesos de amparo, consignación y endoso de alimentos y otros casos, de urgente atención.

Por lo menos de designará una Sala Superior mixta para conocer las apelaciones de los procesos urgentes.

En el área administrativa, continuará laborando el gerente general del Poder Judicial y autorizará el trabajo, mediante acceso remoto, en los casos que se requiera, restringiendo el trabajo presencial al mínimo.

A nivel jurisdiccional como administrativo, el personal de apoyo no puede estar integrado por personas en condiciones de vulnerabilidad: mayor de 60 años, madres gestantes y personal con enfermedades crónicas preexistentes.

Los contratos de personal CAS y Decreto Legislativo N° 728 se prorrogan automáticamente por 30 días. Se suspenden los concursos de selección de jueces supernumerarios y de personal.

El personal médico de salud, asistencia social y del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo continuarán en funciones, debiendo concurrir al domicilio de los jueces y personal que lo requiera.