El Poder Judicial revocó este jueves 5 de marzo la orden de prisión preventiva de 24 meses que pesaba en contra del exalcalde de Lima Luis Castañeda Lossio.
La Sala Penal Anticorrupción resolvió variar el mandato inicial por el de arresto domiciliario del exburgomaestre, también por el mismo periodo.
La decisión del juzgado también alcanzó a los coinvestigados de Luis Castañeda Lossio, José Luna Gálvez y Guisele Zegarra.
En el caso de estos, la sala resolvió confirmar la comparecencia con restricciones que ya les había impuesto la jueza de investigación preparatoria María Álvarez Camacho.
Sin embargo, el juzgado varió el monto de la caución económica en el caso de Zegarra, pasando de 50 mil soles a 20 mil.
A Luis Castañeda Lossio, en consecuencia, se le impuso una lista de reglas de conducta, que deberá cumplir para no perder el arresto domiciliario.
Entre las restricciones se encuentran las siguientes:
a. La prohibición de comunicación con los coimputados comprendidos en el presente proceso penal;
b. La prohibición de comunicación respecto de los órganos de prueba personal en la presente investigación preparatoria;
c. La prohibición de efectuar declaraciones a los medios de prensa, radial, escrita o televisiva, respecto de este caso;
d. La prohibición de realizar reuniones sociales en el inmueble donde se llevará a cabo la detención domiciliaria, a excepción de las reuniones familiares y/o visitas que pudiera recibir;
e. La prohibición de realizar actividad política directa o indirectamente; y
f. El pago de una caución económica de 100 mil soles, en el plazo de 72 horas de notificada la presente; ello de conformidad a lo establecido en los incisos 5 y 6 del artículo 290 del Código Procesal Penal.
Resolución de la Sala Anticorrupción en el caso de Luis Castañeda Lossio.
Por otro lado, el juzgado exhortó al Ministerio Público y al juzgado de investigación preparatoria para que, “en cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, adopten las medidas adecuadas tendientes a verificar rigurosamente la existencia de una enfermedad grave o incurable respecto de los investigados que soliciten la detención domiciliaria”.
Resolución de la sala anticorrupción en el caso Luis Castañeda Lossio.