La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia acordó no haber nulidad en la sentencia que presentaron contra el indulto humanitario del expresidente Alberto Fujimori.
El documento precisa que carece de efectos la Resolución Suprema N° 281-2017-JUS, realizada el 24 de diciembre del 2017 por el exmandatario Pedro Pablo Kuczynski, en la que se concedió el derecho de gracia por razones humanitarias a Alberto Fujimori Fujimori. La Corte Suprema también declaró infundado el pedido de exclusión del archivo de la investigación.
Asimismo, la entidad determinó como fundado el pedido de la inaplicación del derecho de gracia otorgado al procesado. Además de disponer de la continuación del proceso que vienen siguiendo en su contra.
Alberto Fujimori
En ese sentido, el ex jefe de Estado podrá ser procesado por la matanza de Pativilca, ocurrida el 29 de enero de 1992 por el grupo Colina.
Cabe destacar que el recurso de nulidad interpuesto contra la resolución que declaró no aplicable la gracia presidencial para Fujimori, la que también lo excluía del caso Pativilca tenía que resolverse en la Corte Suprema antes de ser indultado a fines del 2017.
Luego de que PPK otorgara el indulto humanitario al líder del fujimorismo, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema anuló el indulto en octubre del 2018 porque carecía de efectos jurídicos y ordenó la captura inmediata del exdictador.
Alberto Fujimori ha venido cumpliendo 25 años de prisión en la Dirección de Operaciones Especiales (Diroes) por los casos de Barrios Altos y La Cantuta. Sin embargo, la matanza de seis hombres del distrito de Pativilca, Barranca también lo involucran como autor mediato.
Ya que exmiembros del grupo paramilitar Colina reconocieron la autoría directa de los homicidios realizados en 1992, después de que por años se creyera que fue Sendero Luminoso.