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Economía

Sunat amplía hasta octubre de 2026 el plazo para presentar el Reporte Local 2025: ¿quiénes están obligados?

La Sunat prorrogó excepcionalmente la presentación del Reporte Local 2025 hasta octubre del 2026, debido a la actualización del Formulario Virtual 3560 por cambios normativos en precios de transferencia.

La medida impactará a aproximadamente 4.000 contribuyentes sujetos a precios de transferencia.
La medida impactará a aproximadamente 4.000 contribuyentes sujetos a precios de transferencia. | Composición LR/IA

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) prorrogó, de manera excepcional, el plazo de presentación de la declaración jurada informativa Reporte Local, Formulario Virtual N.° 3560, correspondiente al ejercicio gravable 2025.

La nueva fecha límite se extiende hasta octubre del 2026 y fue oficializada mediante la Resolución de Superintendencia N.° 113-2026/Sunat, publicada en el diario oficial El Peruano.

Sunat prorroga Reporte Local 2025 por actualización del Formulario Virtual 3560

La Sunat informó que la prórroga responde a la necesidad de adecuar la configuración actual del Formulario Virtual, con el fin de que incorpore modificaciones normativas recientes vinculadas al numeral 7 del inciso e) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta.

Asimismo, se viene culminando la actualización informática del formulario para incorporar nuevas funcionalidades y permitir el registro de información conforme a los nuevos lineamientos aplicables a los métodos de valoración en precios de transferencia.

Cambios en precios de transferencia y nuevos métodos de valoración

El proceso de actualización del Formulario Virtual N.° 3560 busca adecuar su estructura a los nuevos requerimientos normativos, lo que permitirá una mejor captura de información relacionada con transacciones sujetas a precios de transferencia.

Este ajuste se enmarca en los cambios introducidos en la normativa del Impuesto a la Renta, específicamente en lo referido a los métodos de valoración, según lo señalado por la Sunat.

¿Qué implica la prórroga del Reporte Local de Sunat?

De acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta, el inciso g) del artículo 32-A establece que los contribuyentes sujetos al ámbito de aplicación de ese artículo, cuyos ingresos devengados superen las 2.300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), deben presentar anualmente la declaración jurada informativa Reporte Local.

Esta obligación se aplica respecto de transacciones que generen rentas gravadas y/o costos o gastos deducibles para la determinación del impuesto, y la Sunat es la entidad facultada para establecer la forma, plazo y condiciones de su presentación.

La medida tendrá impacto en aproximadamente 4.000 contribuyentes comprendidos dentro del ámbito de precios de transferencia, quienes deberán ajustar sus procesos de reporte a la nueva fecha establecida.

La prórroga permite, según la Sunat, contar con un formulario debidamente actualizado antes de que entre en vigor el nuevo cronograma establecido.

¿Cuál es el paso a paso para declarar el Formulario 3560?

  • Ingresa a la página de Sunat Operaciones en Línea usando tu Clave SOL.
  • Ubica el Formulario Virtual N.° 3560 – Reporte Local de Precios de Transferencia.
  • Completa la información solicitada sobre operaciones con partes vinculadas o paraísos fiscales, incluyendo tipo de transacción y montos.
  • Detalla el análisis funcional de la empresa (funciones, activos y riesgos).
  • Selecciona y sustenta el método de precios de transferencia utilizado.
  • Verifica que la información sea consistente con la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta.
  • Revisa y valida los datos antes de enviar el formulario.
  • Envía la declaración y descarga la constancia de presentación.
  • Conserva el sustento técnico (estudio de precios de transferencia) ante posibles revisiones de SUNAT.
  • Cumple dentro del plazo establecido para evitar sanciones.
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