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Economía

CTS para trabajadores CAS: Congreso aprobó otorgarles beneficio al 100% y gratificaciones

El Parlamento dio luz verde a la modificación del Decreto que regula el régimen CAS. Está pendiente la segunda votación de este dictamen que busca que los trabajadores accedan a la CTS y dos gratificaciones.

CAS
El dictamen aprobado por el Pleno del Congreso modifica los artículos 3, 5 y 6 del Decreto Legislativo 1057. Foto: CITE

Con 87 votos a favor, dos en contra y una abstención, el Pleno del Congreso aprobó, en primera votación, el dictamen de la ley que busca garantizar el otorgamiento de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) al 100% y dos gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad para los trabajadores bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS).

La propuesta consensuada por las Comisiones de Presupuesto y Trabajo quedó pendiente de ser ratificada en una próxima sesión dentro los próximos siete días como mínimo, según estipula el Reglamento del Poder Legislativo. De ser promulgada por el Poder Ejecutivo, se daría un paso importante para erradicar la discriminación laboral que sufre este grupo de empleados.

"Este conjunto de proyectos legislativos buscan eliminar la discriminación contra los trabajadores CAS, reconociendo derechos y haciendo que el sistema laboral sea más justo, equitativo y coherente con los mandatos constitucionales y estándares internacionales. No debemos dejar de lado los impactos positivos en la productividad del personal CAS para fortalecer el funcionamiento de la administración estatal", sostuvo Álex Paredes, presidente de la Comisión de Trabajo.

Gremios exigieron la aprobación del dictamen de la Comisión de Presupuesto que busca igualar derechos para los trabajadores CAS. Foto: CITE

Mientras la máxima instancia del Legislativo discutía este dictamen, los gremios de trabajadores CAS se movilizaron hacia el Congreso para exigir su aprobación. Y es que, si bien, tienen 30 días de vacaciones y una asignación de S/300, aún existe una discriminación remunerativa y desigualdad de oportunidades, pese a que realizan funciones iguales o equivalentes a las de los servidores de regímenes generales.

Trabajadores CAS recibirán CTS y gratificaciones

Según el texto aprobado por el Congreso, se modifican los artículos 3,6 y 5 del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen CAS. Respecto al primer cambio, se redefine al Contrato Administrativo de Servicios como "una modalidad especial de contratación laboral, privativa del Estado como único empleador, la cual se regula por la presente norma y supletoriamente por la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, en lo que le favorezca al trabajador".

En segundo orden, se precisa que el otorgamiento de las gratificaciones y la CTS establecidos en el presente dispositivo legal serán equivalentes a una remuneración mensual. En el caso de la compensación, su pago es cancelatorio y solo se hará efectivo tras la culminación del vínculo del servidor público con la entidad.

Además, la segunda disposición complementaria final estipula que la implementación de estos beneficios deben ser autorizados con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía, que será compartida a las entidades públicas del los gobiernos a nivel nacional, regional y local, cuyos servidores estén sujetos al Decreto Legislativo N" 1057.

Como se recuerda, el Poder Ejecutivo presentó hace algunos días un proyecto de ley que busca que los trabajadores CAS reciban su CTS, equivalente al 14% de la remuneración mensual, por año o fracción mayor a seis meses de servicio. No obstante, dicha iniciativa ha sido calificada por la Confederación Nacional de Trabajadores CAS del Perú como una "migaja disfraza de derechos".

Para Karla Sánchez, dirigente del CEN de la CITE, la importancia de la propuesta legislativa aprobada por el Pleno radica en su artículo seis, puesto que existe la intención del gobierno de recortar la CTS a un 14% del salario mensual. En ese sentido, comparte su extrañeza respecto a que no se haya efectuado la exoneración de la segunda votación del dictamen consensuado por las Comisiones de Presupuesto y Trabajo.

"El presidente de la Comisión de Presupuesto, Alejandro Soto, se ausentó en el Pleno. Llama la atención porque dos temas después, regresó. Es decir, no había voluntad política de su parte de sustentar el dictamen. Entonces, estamos en un contexto difícil de aprobación, donde algunas bancadas no están convencidos al 100% de la aprobación del dictamen CAS", refirió.

Duración de contratos para trabajadores CAS

Aparte del otorgamiento de la CTS y gratificaciones, el artículo cinco precisa que el Contrato Administrativo de Servicios puede ser celebrado en tres plazos:

  • A plazo indeterminado: Es aquel contrato administrativo de servicios, que previo concurso público de mérito, se celebra por tiempo indeterminado para el desarrollo de actividades permanentes.
  • A plazo determinado: Para suplencia, actividades permanentes de necesidad transitoria, actividades temporales de necesidad transitoria, actividades de emergencia de necesidad transitoria y para actividades en programas y proyectos especiales de necesidad transitoria.
  • Supeditado a la confianza: Para realizar actividades en el entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos a cuya permanencia está condicionada. Ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa, pero sujeto a la acreditación de los requisitos mínimos del puesto.

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