
El Impuesto a la Renta es uno de los principales tributos que deben pagar los contribuyentes en Perú y su recaudación está a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). De esta manera, la entidad establece que los ciudadanos que perciban ingresos hasta S/46.813 pueden solicitar la exoneración de este impuesto.
Cabe señalar que el límite se establece en función del valor actual de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Cada año, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) actualiza este indicador para determinar impuestos, infracciones, multas y otros aspectos tributarios. En 2025 este monto asciende a S/5.350.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria determina que, con la UIT fijada en S/5.350, los ingresos anuales exentos del Impuesto a la Renta ascienden a S/46.813 en 2025. Este monto incluye no solo las remuneraciones, sino también gratificaciones y otros conceptos considerados como ingresos. En términos mensuales, el umbral se establece en S/3.901.
El reciente beneficio se amplía a los empleados en planilla de la quinta categoría y a quienes emiten recibos por honorarios de la cuarta categoría. Esta iniciativa se aplicará siempre que sus ingresos anuales no superen el límite fijado. La reforma del sistema tributario tiene como objetivo eximir a un mayor número de contribuyentes de las retenciones automáticas mensuales.
El sistema de recaudación fiscal se fundamenta en un esquema de tasas progresivas que se ajustan de acuerdo con los ingresos anuales de los contribuyentes. Para el presente año, la Sunat define cinco tramos de ingresos. Los contribuyentes que ganan entre 0 y 5 Unidades Impositivas Tributarias están sujetos a una tasa del 8%.
Aquellos cuyos ingresos se sitúan entre 5 y 20 UIT enfrentan un incremento en la tasa, que asciende al 14%. En el siguiente tramo, que abarca de 20 a 35 UIT, se aplica un 17%. Los contribuyentes con ingresos entre 35 y 45 UIT deben cumplir con una tasa del 20%, mientras que quienes superan las 45 UIT están obligados a abonar un 30% en impuestos.
Los contribuyentes de cuarta categoría tienen la opción de solicitar la suspensión de las retenciones del Impuesto a la Renta si consideran que sus ingresos anuales no alcanzarán los S/46.813. Para realizar este procedimiento, deben presentar la solicitud mediante la plataforma virtual de la Sunat.
Una vez que se apruebe la solicitud, los pagos realizados no estarán sujetos a retención. Si el trabajador excede el límite de ingresos fijado anualmente, deberá regularizar su situación fiscal. Asimismo, si se realizan pagos en exceso, estos podrán ser recuperados mediante la solicitud de devolución a través de los canales oficiales establecidos por la entidad tributaria.
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