
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) es responsable de reconocer, calificar, liquidar y pagar los derechos pensionarios conforme a la legislación vigente. Además, brinda información y orientación a las personas aseguradas sobre los requisitos y beneficios vinculados a la obtención de una pensión, así como a otros servicios relacionados. De igual manera, también administra el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
En ese marco, la ONP recordó que los aportes realizados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) no se pierden, incluso si se ha interrumpido el pago. Por lo tanto, las personas pueden reanudar sus aportes facultativos y, al alcanzar la edad de jubilación, acceder a una pensión vitalicia y cobertura médica. Asimismo, en caso de fallecimiento, sus familiares podrán recibir una pensión de viudez, orfandad o ascendencia.
El Sistema Nacional de Pensiones permite a parejas casadas o en unión de hecho acceder a una pensión conyugal, acumulando sus aportes. Para 2025, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) ha actualizado los requisitos para este trámite, que ahora puede realizarse mediante una videollamada. La solicitud aplica para parejas con inscripción válida en registros públicos.
Para iniciar el proceso, se debe designar a un representante mediante carta poder simple y presentar copias de los documentos de identidad vigentes. Adicionalmente, ambos deben firmar una declaración jurada conjunta que certifique que no reciben pensiones o ingresos periódicos del Estado. La clave virtual del solicitante es necesaria para completar la gestión en línea.
Para las parejas casadas, se requiere una copia simple de la partida de matrimonio civil que demuestre una antigüedad superior a diez años. En el caso de las uniones de hecho, se debe presentar el documento que confirme su inscripción en los registros públicos, también con una antigüedad mayor a diez años desde su fecha de emisión.
En ambos casos, estos documentos son esenciales para verificar la duración de la relación y asegurar que cumple con los requisitos establecidos por la legislación actual.
Es necesario que ambos miembros de la pareja hayan cumplido 65 años al momento de realizar la solicitud. Sumado eso, se requiere que la suma total de los aportes de ambos sea de al menos 240 unidades, lo que equivale a 20 años de contribuciones. En caso de que uno de los cónyuges haya fallecido, el cónyuge sobreviviente podrá iniciar el trámite siempre que cumpla con la edad establecida.
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