En el ámbito laboral del sector público peruano, el Congreso de la República promulgó la Ley N.º 32199, estableciendo modificaciones significativas. Entre ellas, destaca la fijación de una edad límite para desempeñar funciones en entidades estatales, lo cual representa un ajuste relevante para los trabajadores regidos por el Decreto Legislativo N.º 276.
Además, la nueva normativa establece ajustes en temas relacionados con las licencias sin goce de haber y las Compensaciones por Tiempo de Servicios (CTS), medidas que buscan actualizar el sistema laboral estatal y responder a las necesidades de los trabajadores y las instituciones públicas.
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Según la Ley N.º 32199, los trabajadores del sector público deberán cesar sus funciones al cumplir los 70 años. Dicha medida aplica a todos los empleados regidos por el Decreto Legislativo N.º 276, y establece que el retiro se efectuará al final del año calendario en que se alcance dicha edad.
La disposición busca uniformar los criterios sobre el cese laboral por edad y evitar discrepancias en su aplicación. Según la norma, el cambio entrará en vigencia a partir de enero de 2025, permitiendo que los servidores públicos que cumplan 70 años ese año sigan laborando hasta el 31 de diciembre.
Además de la nueva edad máxima para trabajar, la Ley introduce ajustes en otros aspectos clave. Por ejemplo, se amplía el período permitido para licencias sin goce de haber, que ahora podrá extenderse hasta tres años dentro de un lapso de cinco años. Estas licencias podrán tomarse de forma continua o discontinua, dependiendo de las necesidades personales del trabajador.
En cuanto a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), se establece un cálculo uniforme que equivale al 100% de la remuneración mensual por cada año completo de trabajo o fracción mayor a seis meses. Este ajuste busca estandarizar los beneficios laborales y facilitar su aplicación en todo el sector público.
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Las nuevas disposiciones de la Ley N.º 32199 comenzarán a regir desde enero de 2025. Los cambios en la edad límite, licencias y CTS estarán sujetos a los lineamientos que emitan las entidades públicas para garantizar su correcta aplicación.
El límite de edad establecido brinda a los trabajadores un marco claro para planificar su retiro, mientras que las nuevas reglas sobre licencias y CTS buscan ofrecer mayor flexibilidad y claridad en los derechos laborales. Este conjunto de medidas marca un esfuerzo por modernizar las condiciones laborales en el sector público, alineándolas con las demandas actuales.
Según lo establecido en el Decreto Supremo N° 279-2024-EF, los trabajadores CAS recibirán un aumento de S/100 en sus ingresos mensuales. Este incremento también se aplicará a servidores públicos bajo los regímenes de los Decretos Legislativos N.º 728, N.º 1057 y las Leyes N.º 30057, N.º 29709 y N.º 28091.
Este ajuste salarial incluye al personal del servicio diplomático, civil y penitenciario. Aunque el aumento es uniforme, su impacto se verá reflejado en las planillas de las entidades del Gobierno Nacional, regional y local a partir del primer mes del próximo año. Además. Se les dará un bono extraordinario de 200 soles en su pago durante el mes de enero 2025.