Según el Ministerio de Educación, la norma aprobada por el Congreso afectaría la autoestima y el aprendizajes de los niños que podrán ingresar con menos edad tanto a inicial como a educación primaria.,El Ministerio de Educación (Minedu) planteó sus observaciones al proyecto de ley aprobado por el Congreso para ampliar la edad límite de acceso a la educación inicial y la educación primaria. PUEDES VER: Surge incertidumbre por Ley para matricular a niños de inicial y primaria En un comunicado emitido este viernes, el Minedu da a conocer sus motivos para solicitarle al Gobierno que observe el proyecto de ley por "ser perjudicial para el desarrollo emocional y cognitivo de los niños y niñas". Según las normas vigentes, solo los menores que cumplen tres, cuatro y cinco años hasta el 31 de marzo pueden ingresar a educación inicial y los niños de seis años cumplidos hasta esa fecha pueden ser inscritos en la educación primaria. Lo que el Congreso aprobó es extender la matrícula a niños menores cronológicamente, al contabilizar el 31 de julio como fecha para dar por cumplido un año. Es así que, conforme a la norma del Congreso, los niños que cumplan seis años hasta julio podrán acceder ya a la educación primaria y los que cumplan tres años hasta esta fecha, podrán recibir la educación inicial. El Minedu considera que estos cambios afectarían "el desarrollo integral y la maduración equilibrada de las dimensiones social, emocional, afectiva, cognitiva de los niños y niñas al exponerlos a situaciones inadecuadas para su edad". Angélica Montané, asesora del despacho del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Minedu, advirtió que la normapodría tener un impacto en los aprendizajes posteriores de los menores. Destacó también que los niños deben iniciar la escolaridad en la edad que corresponde y no antes, pues adelantarlos en su proceso estudiantil podría ser perjudicial. Cuando una ley aprobada por el Congreso es observada por el Ejecutivo, estas observaciones son presentadas al Parlamento en un plazo de 15 días. Luego de ello, si el presidente no promulga la ley enviada, el Congreso puede hacerlo.