¿Retroceso? Contenido permitido de azúcar, sal y grasas no se ajustaría a las recomendaciones de la OMS, que Perú ya había aprobado en 2015. Nueva versión del documento, el cual debe publicarse hoy, también establece que estos parámetros entrarán en vigencia recién en nueve meses, pero se actualizarán a sus valores definitivos dentro de tres años y medio para que la industria pueda adaptarse. Por una alimentación saludable,El miércoles de esta semana, tras cuatro años de espera, el Poder Ejecutivo aprobó por fin el reglamento de la Ley de Alimentación Saludable, obligación que estaba pendiente desde mayo de 2013. Con esa decisión, se esperaba que la legislación peruana cuente con un marco adecuado para tratar de reducir el consumo de productos ultraprocesados (“comida chatarra”), que en la actualidad se consideran una de las principales causas del sobrepeso y la obesidad infantil. PUEDES VER Etiquetado final contra comida chatarra se aplicaría recién en tres años A pesar de su importancia, en la nueva versión del reglamento se incluyeron modificaciones que postergarán la aplicación real de la norma hasta por más de tres años y medio. Este documento se discutió un día antes de su aprobación en la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM). Lo más grave, sin embargo, es que también se establecen límites menos estrictos para la calificación y etiquetado de los alimentos no saludables. Estos nuevos parámetros técnicos, aseguran expertos, no se ajustan a las sugerencias de la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud (OMS/OPS). Informar de modo adecuado el contenido “La idea es poder informar adecuadamente al consumidor el contenido del producto en términos de grasas, azúcar y sodio. Hay límites que se están estableciendo para los próximos meses y también hacia donde queremos llegar en el futuro”, declaró ayer Fernando Zavala, jefe de la PCM, sin dar más detalles. En efecto, el artículo 4 del reglamento establece que los parámetros técnicos, que se utilizan para determinar si un producto tiene alto contenido de dichos insumos, entrarán en vigencia en dos fases. Si superan esos valores deberá colocarse una advertencia en la etiqueta (ver infografía). La primera etapa, según se lee en el mismo apartado, se aplicará nueve meses después de que se apruebe el “Manual de Advertencias Publicitarias”. El ministro de la Producción, Pedro Olaechea, indicó que en ese tiempo las empresas deberán adaptarse a la nueva legislación. Los parámetros definitivos entrarán en vigencia recién 42 meses después de aprobado el manual, es decir, luego de tres años y medio, pero podrán actualizarse si surge nueva evidencia científica que justifique una modificación. La redacción del manual, que no estaba contemplado en la ley original, estará a cargo del Ministerio de Salud. El plazo máximo para su elaboración es de dos meses desde la publicación del reglamento. Supera lo recomendado por la OMS Incluso en la primera etapa los parámetros ya superan a las recomendaciones de la OMS, que el Perú se comprometió a respetar mediante Decreto Supremo Nº 007-2015-SA. En algunos casos se multiplican hasta por tres o cuatro veces. “Sería grave que se aprueben esos valores. La ley es muy clara: dice que se pondrán advertencias de alto en azúcar, sodio y grasas en función de los parámetros y el conjunto de criterios determinados por OPS/OMS, que agrupa a todos los ministerios de Salud del mundo”, sostuvo Jaime Delgado, fundador de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec). En la segunda fase, aunque se reducen en comparación con la primera, los parámetros todavía son más altos que los recomendados por el organismo internacional. Para Delgado, si no se respetan esos límites, el reglamento no tendría valor legal y podría presentarse una acción constitucional para frenar su aplicación. Alexandro Saco, directivo de Foro Salud, coincidió en esta afirmación. En la otra tribuna, la Sociedad Nacional de Industrias (SIN), que se ha opuesto a la referida ley desde el inicio, ha criticado que se utilicen las referencias de la OMS/OPS, pues asegura que no tienen respaldo ni base científica. Un riesgo para el consumidor Jaime Delgado indica que elevar los valores representa un riesgo para el consumidor. “Al duplicar los valores permitidos, no se colocaría la advertencia cuando se debería. Con eso, un producto chatarra que es alto en azúcar, sodio o grasas aparecería como si fuera saludable”, explicó el representante de Aspec. Por su parte, Alexandro Saco también cuestiona que se establezcan plazos tan extensos de adaptación para las empresas involucradas, pues –además de los parámetros y el etiquetado– la norma incluye estrategias de promoción de hábitos de vida saludable. “El reglamento no necesita tanto tiempo para implementarse. Es una burla, pues la norma tiene otras consideraciones como el observatorio nutricional y los quioscos escolares. Están convirtiendo el reglamento en un documento semiinaplicable”, declaró el especialista de Foro Salud. Cronología Larga espera. La Ley de Alimentación Saludable, aprobada en 2013, no se implementó por falta de reglamento. Ahora, el documento que se pretende aprobar no es del todo beneficioso. 7-5-2013 El Ministerio de Salud, entonces bajo la dirección de Midori de Habich, aprobó la Ley N° 30021, que busca reducir el consumo de comida chatarra y promover hábitos de vida saludables. 18-6-2013 La Ley N° 30021 establecía que su reglamento debía aprobarse en 60 días calendario. Sin embargo, en junio del 2013, mediante una resolución suprema de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), se acuerda crear una comisión multisectorial para elaborar dicho documento. A este grupo de trabajo no se le fijó un plazo para cumplir con dicho encargo. 25-7-2016 Tras permanecer durante tres años fuera del debate público, el Ministerio de Salud difunde la primera versión del reglamento para recibir observaciones. 25-10-2016 Tras cumplirse 90 días desde su publicación, la primera versión del reglamento recibió 72 observaciones de instituciones públicas, privadas y de ciudadanos en general. 8-12-2016 La Organización Mundial del Comercio envía 32 aportes adicionales al reglamento. La comisión reglamentadora sistematizó los aportes y emitió 122 aportes finales. 4-6-2017 El gobierno de Panamá suspendió la importación y venta de la leche Pura Vida, elaborada por el Grupo Gloria. El escándalo tuvo gran repercusión en el Perú. 13-6-2017 La ministra de Salud, Patricia García, anunció que se aprobará el reglamento, lo que ocurrió al día siguiente. Sin embargo, el documento no se publicó como se esperaba. Aún se evalúa el tipo de etiqueta La ministra de Salud, Patricia García, confirmó que su despacho elaborará el manual de advertencias publicitarias. En él se determinarán los colores, tamaños y la ubicación de los rótulos de los productos que sean considerados no saludables. La ley establece que el mensaje debe ser: “ALTO EN (azúcar, sodio o grasas saturadas)” o CONTIENE GRASA TRANS”. “Existen países que han trabajado etiquetas negras y semáforos. Todo eso se va a evaluar para ver qué podría tener impacto en nuestra población”, declaró la funcionaria. Fernando Zavala Primer ministro “Es reglamento informativo. Estoy seguro de que va a ayudar a que el consumidor tome mejor su decisión en lo que debe ser una dieta balanceada”. Pedro Olaechea Ministro de la Producción “Los industriales tendrán que adaptarse. Hay, obviamente, una incomodidad del cambio, pero tenemos que ir hacia él. Es una tendencia mundial”. Saby Mauricio Colegio de Nutricionistas “Si la población sabe que está sobrepasando los requerimientos máximos de sodio, azúcar y grasas, estará alerta y evaluará si compra o no compra”. Enfoque - Datos claros ayudan a elegir lo saludable Magaly Herrera Decana del Colegio de Nutricionistas Lima-Callao La Ley de Alimentación Saludable contiene los lineamientos generales para enfrentar dos problemas de salud pública que afectan actualmente a la población peruana: el sobrepeso y la obesidad. Esta norma contribuirá a promover estilos de vida saludable y permitirá que la publicidad de alimentos dirigida a niños no oriente su elección a productos con elevado contenido de azúcares, grasas saturadas y sodio, que causan daño en la salud. En materia de advertencias publicitarias, que incluye el etiquetado, la ley indica que “se deberá consignar en forma clara, legible, destacada y comprensible” la información sobre los valores altos en sodio, azúcar y grasa saturada, de tal manera que los consumidores puedan elegir aquellos que se presenten como saludables. Del mismo modo, esta ley permitirá la fiscalización y sanción a aquellas instituciones o empresas que no cumplan con lo estipulado, lo que demanda un trabajo articulado de los ministerios, de los gobiernos locales, de la sociedad en su conjunto.