Las personas naturales podrán actualizar sus datos a través del nuevo canal implementado por la SUNAT., Superintendencia Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (Sunat) anunció la incorporación del canal telefónico como medio alternativo para la comunicación, actualización y modificación de los datos de las personas naturales en su Registro Único de Contribuyentes (RUC). PUEDES VER: Ejecutivo evalúa amnistía para empresas en litigio con la Sunat Mediante una resolución publicada este sábado en el diario oficial El Peruano, se incorporó al Reglamento de la Ley del RUC el canal telefónico, definido como los números telefónicos que SUNAT pondrá a disposición de los sujetos a fin de actualizar y modificar sus datos por este medio. Las personas naturales con o sin negocio o sus representantes legales inscritos en el RUC que se identifiquen con DNI, podrán realizar las comunicaciones o la actualización y modificación de datos del RUC por vía telefónica. Los contribuyentes deberán proporcionar la información que se requiera para su identificación, como su dirección de correo electrónico donde se le remitirá el CIR, en caso de no haberla registrado anteriormente. El medio telefónico será un canal adicional al presencial y virtual para realizar determinadas comunicaciones al registro o para actualizar y modificar determinados datos de la información del RUC.