Situación. José Manuel Peschiera, presidente de la Superintendencia, señala que los monopolios y oligopolios son situaciones no deseadas que deben ser reguladas.,Son cuatro las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos que operan en dicha industria además de ser los mismos grupos económicos presentes en el sistema financiero, lo que revela una alta concentración. Así lo resaltó el presidente de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), José Manuel Peschiera, quien detalló que a noviembre del 2017, el 93% del patrimonio de fondos son gestionados por cuatro Sociedades Administradoras de Fondos íntimamente ligadas al sistema financiero. PUEDES VER Hallan parásitos en lote delas conservas de sardina Polar, importadas de China "Los cuatro intervinientes son los cuatro grupos económicos del sector financiero y lo que se tiene que hacer es revisar y regular adecuadamente para no tener un riesgo sistémico, pero hay alta concentración. Lo ideal es que hubiera menos concentración, eso el regulador no lo maneja sino que tiene que saber administrar", refirió ayer durante su presentación en la Comisión de Economía del Congreso. No deben existir Peschiera indicó, a modo personal, que los monopolios y oligopolios como principio son situaciones que no deben existir. "Algún tipo de regulación se debe tener. Desde la SMV revisaremos y haremos llegar los alcances al respecto; pero adelanto, de forma personal, que tanto los monopolios como los oligopolios son situaciones no deseadas que deben ser reguladas y controladas", manifestó. Por su parte, el congresista Jorge del Castillo consideró importante conocer los parámetros que se deben tener en las diversas actividades porque en el caso del sistema bancario es de un 30%, lo cual ya es una posición excesiva. En ese sentido, el parlamentario recordó que existe un anteproyecto hecho por el grupo de trabajo Proinversión y Generación de Empleo que busca la evaluación previa de las operaciones de concentración empresarial para autorizar aquellas operaciones que por sus efectos en la estructura del mercado no constituyan una restricción significativa de la competencia efectiva, garantizando el bienestar de los consumidores y la eficiencia económica en los mercados. El documento señala que para la evaluación de operaciones de concentración, los organismos reguladores deberán proporcionar un informe sobre el nivel de concentración del mercado incluyendo la correspondiente opinión sobre los posibles efectos en el mercado que pudieran derivarse de la operación de concentración objeto de la evaluación. La SBS deberá proporcionar un informe sobre el nivel de concentración del mercado.❧ Se dictarán medidas correctivas El anteproyecto de ley que regula las fusiones y adquisiciones empresariales para promover la competencia dictará medidas correctivas cuando se compruebe que en una concentración haya sido denegada su autorización o haya sido ejecutada contraviniendo una de las condiciones vinculadas a la decisión adoptada por el órgano competente. Aquí se exigirá a las empresas involucradas que disuelvan la concentración mediante la disolución de la fusión o la enajenación de todas las acciones o activos adquiridos, de tal manera que quede restablecida la situación previa a la ejecución de la concentración. Si las circunstancias no permiten el restablecimiento de la situación previa a la ejecución de la concentración, mediante la disolución de la misma, el órgano competente podrá adoptar cualquier otra medida apropiada para lograr tal restablecimiento en la medida de lo posible.