Familias acogedoras protegen a menores en riesgo sin ningún apoyo económico: conoce el programa del MIMP
La iniciativa del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en la que participan más de 500 familias, busca brindar cuidado temporal a niños y niñas en situación de desprotección.
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMPV) ha implementado el programa Familias Acogedoras, una iniciativa en la que personas deciden acoger voluntariamente y por un tiempo determinado a menores en estado de desprotección. Los benefactores no reciben ningún tipo de apoyo económico por este servicio asistencial.
Según Henry Aguilera, director general de la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes del MIMP, a la fecha existen más de 500 familias acogedoras. "Es un programa que busca que familias, a las que llamamos Familias de Corazón, puedan acoger de manera transitoria y temporal a niños, niñas y adolescentes que están en situación de desprotección familiar. Abandono, básicamente, que requieren una atención y cuidado inmediato", comentó en conversación con La República.
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Asimismo, sostiene que, en paralelo, se busca mejorar las condiciones de la familia de origen del menor. Según el vocero del MIMP, estas familias "requieren algún tipo de fortalecimiento de competencias de los padres, mejorar las pautas de crianza o mejorar las condiciones que podrían haberse dado en la vulneración del derecho (contra el menor) como maltrato, violencia, negligencia, descuido. Mientras se superan estas dificultades, están estas familias acogedoras".
Aguilar indica que las familias no reciben ningún tipo de subvención o incentivo económico. "Se recurre al corazón de las familias peruanas para poder acceder a este servicio y a la ayuda que el Estado requiere. Los niños y niñas van generalmente a un centro de acogida residencial. Los albergues tienen la capacidad de recibirlos y cuidarlos, pero nada se compara con una familia que les brinde esta protección", explica.
¿Qué criterios se utilizan para seleccionar a las familias acogedoras?
Para que una persona o familia pueda brindar este cuidado alternativo y temporal a una niña, niño o adolescente, debe haber sido evaluada favorablemente por un equipo interdisciplinario de la Dirección de Protección Especial, estar incorporada al Banco de Familias Acogedoras del MIMP y haber recibido capacitación de la entidad.
Requisitos:
- Los cónyuges o convivientes deben presentar la solicitud de acogimiento familiar en forma conjunta.
- Disfrutar de un estado de salud, física y psíquica, que no dificulte el normal cuidado de la niña, niño o adolescente, debidamente comprobado.
- Haber recibido capacitación y evaluación favorable.
- Disponer de recursos necesarios para asumir los gastos de alimentación, salud, vivienda, educación y otros derivados del acogimiento, salvo que se trate de un acogimiento familiar retribuido.
- Aceptar ser acompañados y evaluados en la implementación del plan de trabajo individual.
En tanto, las personas que no pueden postular al programa del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) son aquellas que registren denuncias, antecedentes penales o judiciales por delitos contra niñas, niños o adolescentes, así como delitos que conlleven la suspensión o pérdida de la patria potestad y actos de violencia familiar.
¿Quiénes no pueden ser familias acogedoras?
- Personas que registren denuncias, antecedentes penales o judiciales por delitos contra niñas, niños o adolescentes.
- Personas sentenciadas por actos de violencia familiar.
- Personas que hayan sido sancionadas con suspensión o perdida de la patria potestad, o haya sido removida de la tutela. Así como personas que registren incumplimiento en sus obligaciones en materia alimentaria, o en el régimen de visitas a sus hijas o hijos menores de edad.