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Sociedad

Gobierno de Dina Boluarte anuncia extensión del estado de emergencia por 60 días en SJL y SMP

El ministro del Interior, Vicente Romero, precisó que en esta prórroga se retira la restricción de 12.00 a.m. a 4.00 a.m.

Estado de emergencia también será extendido en Sullana. Foto: Andina
Estado de emergencia también será extendido en Sullana. Foto: Andina

Estado de emergencia | El ministro del Interior, Vicente Romero, anunció la extensión del estado de emergencia por 60 días en los distritos limeños de San Juan de Lurigancho y San Martín de Porres. Asimismo, la autoridad precisó que en esta prórroga se retira la restricción de 12.00 a.m. a 4.00 a.m.

En ambos distritos, la disposición regía desde el último 19 de setiembre con la publicación del Decreto Supremo n.º 105-2023-PCM. Tras ello, se dio una ampliación por 60 días calendario hasta el sábado 18 de noviembre de este año. Este 15 de noviembre, durante una conferencia de prensa, se comunicó una nueva extensión.

La prórroga se da aun cuando el alcalde de San Juan de Lurigancho, Jesús Maldonado, rechazó una posible extensión del estado de emergencia en su distrito, puesto que las medidas empleadas no han contribuido a la lucha contra la inseguridad ciudadana. "Si van a ampliar el estado de emergencia con las mismas características que tenemos hoy, yo digo que no amplíen nada. Estamos en la misma situación que antes de la declaratoria", sostuvo a TV Perú.

El alcalde señaló que no hay militares que resguarden la zona en su jurisdicción. Los ciudadanos de SJL siguen en peligro debido a las detonaciones que ocurrieron en los últimos días. La última ocasionó la caída de roca sobre viviendas. "No tenemos la presencia de las Fuerzas Armadas, no tenemos el número de la Policía que teníamos en el inicio. No tenemos una presencia muy fuerte de dominio territorial por parte del Estado", aseveró Maldonado.

¿Qué significa el estado de emergencia?

La declaratoria del estado de emergencia es un régimen que se aplica cuando existe la "perturbación de la paz o del orden interno", según refiere la Constitución Política del Perú. Ello con el objetivo de que se le otorgue al Estado ciertas competencias para afrontar una "catástrofe o graves circunstancias que afecten la vida de la Nación". Esta situación de excepción está especificada y contenida en el artículo 137.