Dina Boluarte: “Extranjeros expulsados no podrán reingresar al Perú"
Presidenta Dina Boluarte se pronunció sobre el Decreto Legislativo n.° 1573, que incorpora al Código Penal el delito de reingreso clandestino para extranjeros sentenciados. ¿Con cuántos años de pena privativa se sanciona?
La presidenta Dina Boluarte informó sobre el Decreto Legislativo n.° 1573 en la lucha contra la delincuencia y la criminalidad organizada. En ese contexto, la mandataria señaló que esta norma modifica el Código Penal para la expulsión de extranjeros sentenciados e incorpora el delito de reingreso clandestino con las penas respectivas.
Este jueves 5, en la ciudad de Trujillo, la mandataria Dina Boluarte participó de la segunda sesión descentralizada del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec), en el que resaltó la labor que cumple la Policía Nacional del Perú (PNP) en la lucha contra la delincuencia y las acciones que adopta su gobierno en el problema de inseguridad ciudadana.
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¿Qué dijo Dina Boluarte sobre el Decreto Legislativo n.° 1573?
Cabe indicar que el Decreto Legislativo n. 1573 se publicó este jueves 5 de octubre en el diario El Peruano. En esa línea, la presidenta Dina Boluarte explicó que esta norma permite la expulsión de extranjeros cuando cometan delitos de homicidio, violación sexual, sicariato, secuestro, trata de personas en sus diferentes modalidades, extorsión, feminicidio, contra el patrimonio, entre otros.
Asimismo, precisó que esta normativa establece prisión no menor de 4 años ni mayor de 6 años para quienes faciliten el ingreso ilegal o tránsito irregular de extranjeros en el país.
"No permitiremos el reingreso de extranjeros expulsados administrativamente o sancionados penalmente, desde hoy es delito. No seguiremos albergando a delincuentes en el Perú", expresó Boluarte.
Decreto legislativo incorpora al Código Penal el delito de reingreso clandestino, ¿cuál es la pena?
Dina Boluarte opinó sobre la incorporación del delito de reingreso clandestino en el Código Penal, el cual —dijo— otorga herramientas a las entidades que administran justicia para aplicar la ley. La norma establece para los extranjeros condenados o con sanción administrativa que reingresen al territorio peruano la pena privativa no menos de 2 ni mayor de 4 años.
En el caso de aquellos que reingresen al Perú con un documento de identidad o de viaje falso, serán sancionados con pena privativa de la libertad no menor de 3 años ni mayor de 7 años.
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Decreto Legislativo n.° 1574, ¿qué establece?
El Decreto Legislativo n.° 1574 también fue publicado en el diario El Peruano. La gobernante comentó que dicha normativa modifica el Código Procesal Penal con relación al control de identidad de extranjeros. "Antes de esta norma, la Policía contaba solo con 4 horas para la plena identificación de las personas que burlan el control migratorio, ahora, la Policía podrá retener a las personas hasta por 12 horas para su identificación", subrayó.
La mandataria agregó: "Los malhechores agrupados en el Tren de Aragua, Los Hijos Puros de Dios y Los Gallegos han llegado al colmo de utilizar granadas de guerra y ametralladoras. Este Gobierno no les tiene miedo y vamos a luchar para proteger a los ciudadanos", resaltó Dina Boluarte.