Necesitan 57 unidades de sangre para retirar cuerpo de joven que murió por extracción de muela
A pesar de que actualmente está prohibido que los centros de salud retengan cadáveres, la agraviada denuncia que el hospital Arzobispo Loayza no le ha dado otra opción.
En horas de la noche del domingo 16 de abril, falleció Leidy Contreras Patiño, joven de 20 años que fue internada en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del hospital Arzobispo Loayza tras someterse a una extracción de muela en la clínica Kiru Dent's, en Chorrillos. La hermana de la víctima, Paola Fernández Patiño, informó a La República que necesitan más de 57 unidades de sangre para retirar el cuerpo y que cada una cuesta S/100.
“Para retirar el cuerpo, tengo que hacer la cancelación de sangre. Estoy debiendo más de 57 unidades de sangre y tengo que cancelarlas para poder retirar el cuerpo de mi hermana. Cada unidad de sangre vale S/100”, aseguró esta familiar de la víctima. Número de ayuda para la familia: 945693529 - Paola Fernández Patiño.
¿Qué sucedió después de la intervención?
Según los familiares, Leidy acudió a la clínica Kiru Dent's el último 9 de enero, y, días después, presentó dificultades para respirar e hinchazón en el cuello. "Identificamos a los doctores, y ellos dicen que es un proceso normal. Al cuarto día, la llevo otra vez, le hacen un drenaje y esto ocasiona una diseminación de infección", informó a este medio.
Paola Fernández, hermana de la víctima, aseguró que solicitaron la historia clínica de la joven, pero el establecimiento nunca respondió al pedido. Foto: Vanessa Sandoval/La República
Está prohibido que establecimientos de salud retengan pacientes o cadáveres
Al respecto, la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) informó que es ilegal la retención de pacientes o cadáveres por trámites administrativos o pagos en los establecimientos de salud, públicos o privados, a nivel nacional. “Ni siquiera se puede condicionar a la reposición de unidades de sangre que hubiera recibido el usuario durante su atención”, precisó.
Asimismo, indicó que la vulneración de este derecho es sancionada en la vía administrativa con multas de hasta 100 UIT, equivalente a S/495.000, según lo dispone el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud.