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Sociedad

Fin del toque de queda: ¿qué pasará con las fiestas, reuniones sociales, bares y discotecas?

La inmovilización social ya no regirá en el país, aunque siguen vigentes las restricciones para evitar contagios de COVID-19. Conoce los detalles aquí.

Más de 2 millones de personas vencieron a la COVID-19 en Perú. Foto: La República
Más de 2 millones de personas vencieron a la COVID-19 en Perú. Foto: La República

La inmovilización social obligatoria se levantará este lunes 31 de enero después de casi dos años de aplicada la medida. A través del Decreto Supremo N.º 010-2022-PCM, el Gobierno de Pedro Castillo decidió que el toque de queda ya no regirá desde 2.00 a. m. hasta las 4.00 a. m. como estaba establecido en las últimas semanas.

Además, hay 78 provincias en Perú, incluyendo Lima y Callao, que se encuentran en nivel de alerta alto hasta el día 13 de febrero del 2022. En esta nota, La República te aclara algunas dudas con respecto al funcionamiento de bares y discotecas, multas y las nuevas restricciones.

¿Está permitido ir a bares y discotecas en Perú?

Sí, los bares y discotecas puedes funcionar. Sin embargo, se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública.

Asimismo, las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios, se encuentran prohibidas, por razones de salud.

¿Siguen vigentes las multas por asistir a reuniones sociales y fiestas?

Sí, toda persona que incumpla las medidas, recibirá una sanción monetaria, dependiendo del tipo de falta. Esto puede ir desde los 180 soles a los 400. Si el ciudadano no paga la multa, estará impedido de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado.

Actividades para espacios cerrados

  • Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 60%
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
  • Casinos y tragamonedas: 40%
  • Cines y artes escénicas: 60%
  • Bancos y otras entidades financieras: 60%
  • Templos y lugares de culto: 60%
  • Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%
  • Eventos empresariales y profesionales: 60%
  • Peluquería y Barberia: 60%
  • Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
  • Coliseos: 60%
  • Gimnasios: 60%

Actividades en espacios abiertos

  • Artes escénicas
  • Enseñanza cultural
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre
  • Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
  • Baños termales al aire libre
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
  • Eventos empresariales y profesionales al aire libre
  • Mercados itinerantes
  • Estadios deportivos (esquema de vacunación completa más dosis de refuerzo): 50%.