Sociedad

COVID-19: autos particulares no circularán domingos entre el 10 y 30 de mayo

Los domingos 16, 23 y 30 de mayo los autos particulares estarán impedidos de salir, independientemente del nivel de riesgo en que se encuentre la provincia.

Gobierno publicó este sábado 8 Decreto Supremo que actualiza medidas restrictivas en todo el país. Foto: Presidencia
Gobierno publicó este sábado 8 Decreto Supremo que actualiza medidas restrictivas en todo el país. Foto: Presidencia

Este sábado 8 de mayo, el Gobierno publicó el decreto supremo que establece que en todo el país los autos particulares no podrán circular los domingos comprendidos del 10 al 30 de mayo.

Por tal motivo, los domingos 16, 23 y 30 de mayo los autos particulares estarán impedidos de salir, independientemente del nivel de riesgo en que se encuentre la provincia.

El DU señala que podrán circular los vehículos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente. Asimismo, tendrán permiso los autos que trasladen adultos mayores que les corresponda su vacunación contra el coronavirus.

¿Qué provincias se encuentran en nivel de alerta “moderado”, “alto”, “muy alto” y “extremo”?

En dicho decreto se actualizó el nivel de riesgo de las provincias frente a la COVID-19.

De acuerdo con la norma, del 10 al 30 de mayo se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el nivel de alerta que tenga la provincia:

  • Nivel de alerta moderado: de lunes a domingo desde las 11.00 p. m. hasta las 4.00 a. m. del día siguiente
  • Nivel de alerta muy alto: de lunes a domingo desde las 9.00 p. m. hasta las 4.00 a. m. del día siguiente
  • Nivel de alerta extremo: de lunes a domingo desde las 9.00 p. m. hasta las 4.00 a. m. del día siguiente. Los domingos desde las 4.00 p. m. hasta las 4.00 a. m. del día siguiente.

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