Estado de emergencia: ¿Qué es la inmovilización social obligatoria?
El presidente Martín Vizcarra anunció que desde el miércoles 18 de marzo inicia el toque de queda en el horario de 8 p. m. hasta las 5 a. m.
Coronavirus en Perú | El presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció que a partir de hoy se iniciará el aislamiento social obligatorio en el ámbito nacional que regirá en el horario de 8 p. m. a 5 a. m., durante el estado de emergencia. ¿Qué características tiene esta medida restrictiva?
El abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Raúl Saco, indicó que esta medida tiene como principal característica la “imposición de la inmovilidad en un rango horario establecido”. Es decir, durante ese rango horario, nadie podrá movilizarse. De hacerlo, las autoridades podrán tomar medidas restrictivas y sancionadoras.
Además, explicó que las salidas del hogar solo serán para casos excepcionales relacionadas a emergencias. Así también lo especificó el presidente Martín Vizcarra durante la conferencia de prensa que brindó junto a los ministros de Estado.
También implica que, en caso posea el permiso de emergencia y se movilice en auto, deberá manejar con las luces del interior del vehículo encendidas.
PUEDES VER Estado de emergencia [EN VIVO]: decretan toque de queda de 08:00 p. m. a 5:00 a. m. a nivel nacional
El especialista dejó en claro que las demás especificaciones deberán estar detalladas en la norma que establece la inmovilización social obligatoria que acaba de comunicar el Gobierno peruano.
El presidente explicó que la aplicación de la medida obligatoria se da debido a que una gran parte de la población no cumple con la disposición de aislamiento social decretado el pasado domingo.