Poder Judicial programó para el 26 diciembre y 7 de enero revisar prisión preventiva de Mateo Castañeda y Nicanor Boluarte
Por caso "Los Waykis en la Sombra". La Quinta Sala de Apelaciones Nacional deberá pronunciarse sobre la nueva ley de crimen organizado para decidir si confirma orden de captura del hermano y la detención del ex abogado de la presidenta Boluarte
La Quinta Sala Penal Nacional de Apelaciones programó para el jueves, 26 de diciembre de 2024 y el martes, 7 de enero de 2025, las audiencias públicas para revisar la prisión preventiva impuesta al abogado penalista Mateo Castañeda y el hermano de la presidenta Dina Boluarte, Nicanor Boluarte, trascendió en medios judiciales.
Nicanor Boluarte se encuentran en la clandestinidad, prófugo de la justicia, desde el 19 de noviembre de 2024, horas antes que el juez de investigación preparatoria, Richard Concepción Carhuancho dicte 36 meses de prisión preventiva por el caso "Los Waykis en la Sombra".
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En tanto, el ex fiscal y abogado Mateo Castañeda se encuentra recluido en un penal desde la madrugada del 23 de noviembre de 2024, cuando el juez Concepción Carhuancho le impuso 24 meses, ante el peligro de obstaculización de la verdad en la investigación del referido caso "Los Waykis en la Sombra".
Mateo Castañeda, abogado penalista
Fuentes judiciales explicaron a La República que el caso de Castañeda Segovia entró primero a la agenda del colegiado de apelaciones al encontrarse privado de su libertad, mientras que Nicanor Boluarte, cuya situación se definió antes, se encuentra en libertad, con ubicación desconocida.
Mateo Castañeda y Nicanor Boluarte niegan los cargos que les atribuye la fiscalía. La fiscalía les atribuye integrar una organización criminal que en el caso del hermano de la presidenta Dina Boluarte, le habría permitido obtener beneficios indebidos en el nombramiento de prefectos y subprefectos para captar fondos para la creación de un partido político.
Los jueces de apelación deberán definir, entre otros aspectos, si en este caso se cumple la nueva Ley de Crimen Organizado, que es la base angular de la prisión preventiva impuesta a ambos personajes. La Quinta Sala de Apelaciones Nacional se ha venido pronunciando a favor de dicha norma, aprobada por el Congreso, en tanto, juez como el doctor Concepción Carhuancho, en aplicación del control difuso, se apartan de esa norma por colisionar dicen con la Convención de Palermo.