¿Qué funciones cumple el oficial mayor del Congreso de la República?
José Cevasco presentó su renuncia a la Oficialía Mayor del Congreso por las irregularidades en procesos para los bienes y servicios del Parlamento.
José Cevasco renunció a la Oficialía Mayor del Congreso de la República este jueves 2, en el marco de las irregularidades en los procesos de bienes y servicios que se realizaron en el Parlamento. La dimisión del funcionario se dio luego de que la Fiscalía ejecutara una intervención en la Dirección General del Legislativo por los excesos en los buffets de los congresistas, compra de celulares iPhone, adquisición de alfombras y obtención de pasajes en aerolíneas.
“Fui enfático al señalar que los problemas de mi salida son asuntos de carácter político y no administrativo, que existen resoluciones de delegación de facultades al director general de administración desde el año 2006. Yo no estoy saliendo por ningún motivo de carácter administrativo, los diversos directores de administración han contado con delegación de facultades administrativas. Yo salgo por razones políticas, quiero ser enfático en eso, pero en esto debo ser claro”, dijo José Cevasco en declaraciones para la prensa.
Sin embargo, muchos se preguntan qué funciones cumple el oficial mayor del Congreso. Conoce en esta nota todos los detalles.
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¿Qué funciones cumple el oficial mayor del Congreso de la República?
La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario del Congreso. Está a cargo de un funcionario denominado oficial mayor, quien responde ante el presidente del Legislativo por los resultados de las dependencias y el personal de dicho servicio.
Le corresponde la dirección, supervisión y control, directos o por delegación, de todas las actividades del servicio parlamentario dedicadas a preparar, asistir, apoyar y facilitar las tareas orgánicas y funcionales de los congresistas.
El oficial mayor tiene la representación legal de la administración, es jefe de todo el personal y cuenta con competencia disciplinaria. Por delegación del presidente, y con cargo a dar cuenta, puede celebrar los contratos necesarios para garantizar el normal funcionamiento del Congreso y del servicio parlamentario. Es nombrado y su nombramiento puede ser revocado por acuerdo del Consejo Directivo.
Sus atribuciones y responsabilidades se establecen en el Estatuto del Servicio Parlamentario. Cesa en el cargo por dimisión, pérdida de su condición de funcionario, retiro o jubilación, imposibilidad para el desempeño del cargo, cese o revocatoria de su designación. En caso de ausencia o impedimento temporal, es reemplazado por el director general parlamentario.